La presidenta del Panel sobre el Fiscal Independiente (PFEI), licenciada Nydia M. Cotto Vives, informó que el secretario de Justicia, refirió al Panel el resultado de una ¡nvestigación preliminar que indica que, a base de la información recibida, existe causa suficiente para creer que Rivera Guerra pudo haber cometido un delito menos grave y dos delitos graves, tipificados en la Ley y los reglamentos de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, en el Art. 17.1 de la Ley 161 de 1 de diciembre de 2009 (Ley para la Reforma de Proceso de Permisos de Puerto Rico). Igualmente, podría haber violado el Art. 4.11(a) de la Ley de Ética Gubernamental.
Agregó que, luego de recibir el ¡nforme del Departamento de Justicia y analizada la evidencia que se acompaña, el PFEI resolvió que el asunto amerita una investigación a fondo que podría conllevar la presentación de acusaciones o cargos criminales en contra del señor Rivera Guerra.
Cotto Vives dijo que en virtud de la resolución del Panel, se designó como Fiscal Especial Independiente al licenciado Emilio E. Arill García, a cargo de la investigación, y a la licenciada Luz Burgos Santos como la Fiscal Delegada. Concluida la investigación, los fiscales someterán un informe final en el término de noventa días, contados a partir de la notificación de la resolución del Panel.
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