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La Constitución del ELA es inconstitucional, reclaman en pleito por el ‘cla

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El desvío de fondos que hizo el Gobierno de Puerto Rico a fines del año para evitar el eventual impago mediante un mecanismo conocido ‘clawback’ produjo esta semana una segunda demanda en el Tribunal Federal contra la Administración García Padilla. Esta vez, con el argumento de que las disposiciones de la Constitución del Estado Libre Asociado sobre los pagos de la deuda son inconstitucionales.

La demanda de Financial Guaranty Insurance Company radicada el 19 de enero pasado le sigue a la que radicaron el 7 de enero Assured Guaranty y otras dos empresas. En ambos casos, los demandantes son las compañías de seguro que respaldaban el pago de bonos en la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT), la Autoridad del Distrito del Centro de Convenciones (ADCC), y la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura (AFI).

En ambos casos, las acciones del gobierno que dieron pie a las reclamaciones fueron las mismas: que mediante dos órdenes ejecutiva se tomó dinero que se supone fueran a unas cuentas para el repago de bonos y lo desviaron para otros gastos. No se trata de que se dejó de pagar la deuda del bono, lo que se dejó de pagar fueron unos fondos de reserva para acumular y tener dinero cuando se fuera a pagar la deuda del bono.

Por eso es que los demandantes son las aseguradoras y no bonistas directamente, porque son los seguros los que tienen que responder cuando estos pagos de reserva no se hacen.

En el caso de la demanda de Financial Guaranty, distinto al de Assured Guaranty, no sólo se pide que se declaren inconstitucionales las órdenes ejecutivas que autorizaron el ‘clawback’, sino que se pide que se declaren inconstitucionales las partes de la Constitución del Estado Libre Asociado que permiten que el gobierno haga maniobras presupuestarias para hacer el pago de la deuda porque fueron estas maniobras las que, aunque no le causaron daño a bonistas, sí le causaron daño a las aseguradoras demandantes, según alegan.

El argumento principal es que la Ley de Quiebras prohibe a los estados y territorios crear leyes de reestructuración de deuda sin el consentimiento de los acreedores. Esto, sostiene la aseguradora, es campo ocupado por la ley y la Constitución de los Estados Unidos por lo que, concluyen, la constitución local es inconstitucional en tanto y en cuanto permite que se hagan estas maniobras con los fondos que se supone que se usen para pagar bonos.

El caso está asignado al juez Gustavo A. Gelpí, quien ha hecho determinaciones notorias sobre cómo es que se aplican ciertas leyes a la Isla de acuerdo a su estatus político.

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