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Cuestionan judicialmente aumento tarifario y nuevos procesos en la AEE

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Un grupo de abonados residenciales de la Autoridad de Energía Electrica (AEE) se unió para impugnar la Ley 4-2016, que debió entrar en vigor el 19 de abril de 2016, ante el Tribunal de Primera Instancia en San Juan ya que crea varias instancias que alteran los derechos del consumidor.

La entrada en vigor de dicha ley fue notificada a través de una comunicación incluida en la factura del pasado mes de marzo a todos los abonados de la AEE, pero la notificación fue vista y comprendida por pocos.

De entrar en vigor sin ser revisada y cuestionada por la Comisión de Energía de Puerto Rico (CEPR), la Ley 4 privará al consumidor de varios derechos constitucionales. ‘Queremos garantizar que se preserve el derecho del consumidor, el buen servicio y el costo justo.’, indicó el presidente de APEV, el señor Allan Rivera. En la Asociación Puertorriqueña Energía Verde (APEV) un grupo de socios de la misma y su presidente, analizaron dicha Ley y encontraron que no solamente violenta derechos constitucionales del consumidor, sino que también responsabiliza al consumidor por deudas pasadas de la AEE que nada tienen que ver con su consumo de energía.

Dicha ley podría causar una crisis al consumidor dado que entre las privaciones en derechos que representa para este se encuentra obstaculizar el procedimiento de revisión de factura de conformidad con la Ley 33 del 27 de junio de 1985, la cual se afecta por la Ley 4. Según se desprende de la Ley 33-1985, ‘el cliente podrá objetar cualquier pago que se refleje por primera vez en su factura o solicitar una investigación sobre la misma’ antes de la fecha de vencimiento que se indica en la factura. La Ley 4 impacta directamente dicho proceso.

Según dicta el recurso legal, ‘Esta ley, compleja como es, incide, enmienda, añade, altera u obvia procedimiento y derechos en por lo menos once (11) leyes, entre éstas: LEY 33 (Procedimiento de objeciones y querellas), Ley 170 (Ley Procedimiento Administrativo Uniforme), Ley 21 de 1985(Ley modificación de tarifas) y Ley 22 de 2016 (Cambios a subsidios) entre algunas. Las actuaciones de los demandados privan a los demandantes de los privilegios y derechos como abonados dueños de un contrato vigente desde antes de creada la Ley 4 y Ley 57 y privan de marco legal y administrativo en procedimientos en curso, mientras insiste en fijar la fecha del martes 19 de abril 2016 como la única y última oportunidad que tiene el abonado residencial para ser amparado en el derecho constitucional a llevar su caso ante el tribunal y ser atendido en hechos y derecho’.

‘Posiblemente lo más peligroso es el Capítulo 4 que establece responsabilidad al consumidor por las deudas pasadas de la AEE’, indicó Rivera, quien presentó por derecho propio como parte de los codemandantes, los recursos legales.

La Ley 4-2016 con el cargo por titularización fue presentada recientemente ante La Comisión de Energía de Puerto Rico (CEPR), que es presidida por el señor Agustín F. Carbó.

‘APEV está en asamblea permanente, procurando informar a socios e interesados, acerca de todo lo relacionado a esta demanda de acción. Esperamos poder rendir cuentas de las acciones ocurridas durante las próximas semanas por lo que pedimos a la ciudadanía que se mantenga en contacto a través de la asociación’, detalló el también Presidente de APEV.

La vista inicial para este recurso será el próximo 5 de mayo 2016, en la sala 904, ante el juez Angel R. Pagán Ocasio.

La Asociación Puertorriqueña de Energía Verde es una corporación privada sin fines de lucro fundada en 2006 y dedicada a la educación y apoyo en procesos relacionados a proyectos de energía, energía renovable y sustentabilidad para el abonado residencial en utilidades. Para conocer más sobre APEV puede visitar su página en www.energiaverdepr.org.

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