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Presentan legislación para evitar la enajenación parental

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Medida fue presentada por George Navarro

La ‘Ley Protectora de los Derechos de los Menores en el Proceso de Adjudicación de Custodia’, será enmendada a los fines de contemplar la enajenación parental en la determinación de custodia, anunció hoy el representante Jorge Navarro Suárez.

‘La experiencia familiar modula y guía a los niños a traves de la infancia y hacia la madurez, es en la familia donde podemos encontrar las explicaciones al comportamiento y conducta de nuestros menores. Un vínculo emocional y afectivo adecuado entre padres e hijos se traduce en un desarrollo familiar saludable para ambos. Desafortunadamente durante las últimas decadas hemos visto cambios en la estructura familiar, esto debido al aumento de divorcios y/o separaciones’, explicó Navarro Suarez.

En el ordenamiento legal actual despues de un divorcio y/o separación, según sea el caso, y una vez establecida la custodia de los hijos y/o hijas, el Estado garantiza el derecho tanto de los(as) menores, como de los progenitores, a relacionarse y mantener el apropiado lazo familiar. De esta forma se le establece un regimen de visitas al progenitor no custodio; las mismas tienen importantes funciones psicológicas para el desarrollo de la infancia, además de salvaguardar el vínculo emocional entre el niño y sus progenitores.

‘Pero tenemos que vivir con la realidad de que lamentablemente y aún cuando el Estado garantiza el mencionado derecho, existen ocasiones en la que una de las partes obstaculiza las relaciones filiales de sus hijos e hijas con el otro progenitor; en ciertos casos transformando la conciencia de sus hijos, mediante el uso de diferentes estrategias, con el objeto de impedir, obstruir o destruir sus vínculos con el otro progenitor, y esta es una realidad de que muchos padres tiene que vivir en esta lucha diariamente’, detalló el representante por San Juan, Guaynabo y Aguas Buenas.

Esta conducta, conocida como enajenación parental, se origina principalmente en el contexto de las disputas por la custodia y cuidado de los niños. Los efectos de la enajenación parental sobre los menores y el progenitor alienado son considerados una variante de abuso emocional y psicológico, siendo una de las formas más sutiles de maltrato infantil, que a su vez puede producir daño psicológico permanente en el vínculo con el progenitor(a) alienado; así como en el desarrollo integral de los menores involucrados.

‘Presentamos este proyecto que entre otras cosas pretende que la determinación judicial no debe sostenerse en enunciados legales sin la presencia de especialistas de la conducta humana. En la mayoría de las jurisdicciones se visualiza como un problema a atenderse por la vía civil y no criminal. El proceso penal puede colocar en la situación incómoda de testificar para penalizar a uno de sus progenitores. Aparte de ello la complejidad del comportamiento enajenante presenta un reto para la legislación penal. Entendemos que debe ser la determinación de custodia y su evaluación subsiguiente ante el tribunal de familia es el mecanismo más adecuado para atender estas situaciones y proveer los remedios que tiendan a adelantar la salud emocional del menor y fortalecer las relaciones de familia en lo posible’, explicó el representante.

El representante y presidente de la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes destacó que ‘es política pública del Gobierno de Puerto Rico asegurar el mejor interes, la protección y el bienestar integral de la infancia y la adolescencia, y en el deber de asegurar ese bienestar, deben proveerse oportunidades y esfuerzos razonables que permitan conservar los vínculos familiares y comunitarios cuando ello no les perjudique. Por tal razón esta Asamblea Legislativa entiende necesario actualizar las definiciones del presente estatuto para de esta forma continuar garantizando efectivamente el bienestar y la protección de la niñez en nuestra isla’.

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