Ilegal protestar si se interrumpen servicios
El gobernador Luis Fortuño convirtió en ley un proyecto que tipifica como delito la interrupción u obstrucción de los servicios públicos en las instituciones de enseñanza, salud y otros edificios en dónde se ofrecen servicios gubernamentales al público, se informó hoy.
El Proyecto de la Cámara 3019, de la autoría del representante cameral Ángel 'Gary' Rodríguez Miranda y que ahora es la Ley 3 del 2011, tiene el propósito de garantizar que los servicios se sigan dando aún en el caso de que haya algún tipo de manifestación.
'Indudablemente, una manifestación individual o colectiva no puede tener como consecuencia limitar los derechos de otras personas, ni interrumpir la prestación de los servicios que el Estado ofrece a la ciudadanía, ya sea directamente o por medio de sus agentes o contratistas, en particular en el área de la salud y la educación', sostiene la medida en su Exposición de Motivos.
Por su parte, Rodríguez Miranda señaló que 'es imperativo que se quede meridianamente claro que el respeto a la libertad de expresión es una piedra angular de nuestra democracia. Sin embargo, no podemos permitir que estos actos genuinos de manifestación obstruyan los servicios que otros quieren recibir'.
La medida, firmada por Fortuño el pasado 4 de febrero, también incluye la interrupción de servicios en el área de la salud o en cualquier otro edificio gubernamental.
'Nosotros reconocemos el derecho que tiene todo puertorriqueño y puertorriqueña a manifestarse. De eso no cabe duda. A lo que oponemos, y la razón por la cual es ahora un delito, es a que como resultado de esa manifestación se le violen los derechos a los demás que si quieren recibir los servicios', dijo Rodríguez Miranda.