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Difícil probar los crímenes de odio

Nueve años después de que se aprobara el estatuto que impone el concepto de crimen de odio como agravante en los delitos contra la persona, se presenta por primera vez en los tribunales de Puerto Rico un caso de esta naturaleza.

Elprimero de febrero, un tribunal de Bayamón encontró causa en contra de Alfredo Salgado Malpica por el delito grave de violación a una orden de protección contra acecho con el agravante de crimen de odio. Este es el primer caso en el que un tribunal evaluará si las acciones criminales de un acusado estuvieron motivadas por su prejuicio hacia las víctimas.

'Este caso tiene mucha importancia porque el fiscal debe demostrar que las acciones del acusado estaban motivadas por la orientación sexual de las víctimas', señaló Osvaldo Burgos, presidente de la Comisión de Derechos Humanos y Constitucionales del Colegio de Abogados.

La acusación en contra de Salgado Malpica surge araíz de que la pareja de homosexuales Ramón Santana y Evelier Rivera Viana compraran un terreno para construir su residencia en el Barrio Bajura de Vega Alta en 2008. Dicha finca colinda con los terrenos de la Autoridad de Tierras que ocupa Salgado Malpica.

Desde entonces,Santana y Rivera Viana supuestamente han sido objeto de insultos, amenazas y acecho, entre otros, por parte de Salgado Malpica. La situación llevó a la pareja a solicitar una orden de protección del tribunal, que fue concedida con vigencia hasta julio de 2011. A pesar de la orden, el hoy acusado Salgado Malpica presuntamente insultó y amenazó de muerte a Santanacuando se cruzaron en la vía pública elprimero de febrero.

'Qué carajo miras, pato sucio? Los voy a matar', alegadamente le dijo Salgado Malpica a Santana mientras hacía gestos con la mano como si empuñara un arma de fuego.

De acuerdo con Burgos, este tipo de casos tiene la particular dificultad de que la evidencia para demostrar la intención del acusado es de carácter circunstancial.

'Demostrar la intención de un acusado en cualquier caso es sumamente difícil, mucho más en estos en que la prueba es circunstancial y depende de que en el proceso de investigación la Policía se haya percatado de la misma', expresó.

'Esto lo que nos plantea es la necesidad de capacitar a los agentes investigadores para que puedan identificar las circunstancias en que ocurren estos crímenes',añadió el abogado al tiempo que denunciaba que 'no existen protocolos específicos para investigar los crímenes de odio'.

A manera de ejemplo, Burgos señaló que cuando se encuentra el cadáver de un hombre vestido de mujer a orillas de una carretera, invariablemente 'la Policía presume que el asesinato ocurre como consecuencia de una malograda transacción sexual'.

Ese tipo de presunciones se apoya en prejuicios sociales que tienden a 'minimizar' los vejámenes e insultos en contra de ciertos grupos sociales y comunidades. En muchos casos, las expresiones de 'eso le pasó porque se lo buscó' se plantean en referencia, y veces como justificación, a supuestas conductas de grupo.

'La policía no está entrenada para investigar un crimen de odio... De nada vale que un fiscal tenga el conocimiento para identificar los casos que le llegan si la Policía no está capacitada para reconocer la evidencia necesaria para probarlo', afirmó Burgos.

'El reto es la educación. Hacer conscientes tanto a las personas como a las autoridades sobre el carácter prejuiciado de ciertas expresiones y acciones', acotó.