El Departamento de Justicia de Estados Unidos presentó una demanda en el Tribunal federal en San Juan, en la que acusa al Departamento de Justicia de Puerto Rico de discrimen en el empleo contra una empleada con discapacidades. Se alega en la demanda que el Departamento de Justicia local no le proporcionó acomodo razonable a la empleada, como lo requiere la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (Americans with Disabilities Act o ley ADA), informó la Fiscalía federal en Puerto Rico.
El recurso indica que el Departamento de Justicia trasladó a la empleada que utiliza silla de ruedas a un edificio de oficinas, con conocimiento de que la estructura no era accesible para ella y como resultado de esa acción, la mujer no podía estacionar su vehículo ni lograr acceso al edificio sin la asistencia de otros.
Además, la empleada no podía utilizar las facilidades sanitarias durante horas laborables.
Luego de que la empleada presentó una querella en la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (Equal Employment Opportunity Commission o EEOC), Justicia relocalizó el lugar de trabajo de la empleada a un edificio de oficinas más accesible, y le requiere que asista regularmente a extensas reuniones en el edifico de oficinas con facilidades inaccesibles.
‘La ley ADA protege el derecho de un empleado a trabajar en un ambiente libre de barreras que innecesariamente obstaculicen el libre acceso’, dijo Thomas Pérez, Asistente Fiscal General de Justicia de la División de Derechos Civiles.
Pérez añadió que ‘la División de Derechos Civiles está comprometida con proteger los derechos en el empleo de las personas con discapacidades, quienes no deben ser relegados a trabajar en lugares donde las condiciones de empleo resulten en condiciones desiguales, y como en este caso, peligrosas y denigrantes’.
El título I de la ley ADA prohíbe que los empleadores, como el Departamento de Justicia de Puerto Rico, discriminen contra individuos cualificados con discapacidades en los procedimientos de solicitud de empleo; contratación; promoción; despidos; compensación laboral; capacitación, entre otros términos, condiciones y privilegios del empleo.
Además, un empleador está obligado a hacer acomodos razonables para la discapacidad conocida de un empleado, si al hacerlo, esto no impone una ‘carga excesiva’ sobre el funcionamiento del negocio del mismo.
Los acomodos razonables son ajustes o modificaciones proporcionadas por un empleador para que las personas con discapacidades puedan disfrutar de igualdad en las oportunidades de empleo. INS
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