A explicarle la descolegiación al Supremo federal
La Administración Fortuño tiene hasta el 21 de noviembre para explicarle al Tribunal Supremo federal por qué debe denegar la solicitud con la que el Colegio de Abogados de Puerto Rico (CAPR) busca que el más alto foro judicial en nuestra jurisdicción decida si la ley de colegiación voluntaria es inconstitucional.
La solicitud ha conseguido al atención de la comunidad legal a nivel de Estados Unidos, ya que más de la mitad de los estados tienen colegios de abogados creados mediante una ley. Y la contención del gobierno de Puerto Rico es que el colegio que está creado por ley, puede, de la misma forma, ser modificado por ley.
La contención del CAPR es que la modificación de la ley para derogar la colegiación compulsoria es un acto de violación de libertad de expresión porque se toma como represalia a actos y posturas del CAPR. Subrayan que el hecho de que la entidad haya sido creada por ley, no quiere decir queel gobierno puede alterarla de manera irrestricta.
'El razonamiento fue que el (CAPR) fue creado mediante estatuto, así que podemos prohibirle que se exprese, lo cual no es un criterio en ningún lugar. Aún cuando la expresión viene de una entidad gubernamental, hay un derecho a expresarse con ciertas limitaciones', le comentó la abogada del CAPR, Judith Berkan, a The National Law Journal en un artículo sobre la solicitud al Supremo federal.
Lo que está ante el foro federal es una solicitud para que revisen la decisión del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico de que, como era una entidad creada por ley, podía ser alterada por ley de manera irrestricta. El Supremo de Puerto Rico rehusó revisar esa determinación por lo que la avaló en silencio.
El CAPR sostiene que esta es una oportunidad para que el Supremo aclare los criterios de libertad de expresión que aplican a entidades que son creadas por ley. También, plantea que el caso serviría para acalarar si los miembros de un colegio de abogados obligatorio tienen un derecho a expresarse a través de la entidad, y no sólo de manera individual.
Recientemente, el CAPR completó el pago de aproximadamente $2 millones en el pleito de clase que sometieron en el Tribunal Federal un grupo de abogados que demandaron la devolución de sus cuotas de seguro de vida porque habían sido usadas para financiar actividades con las que no estaban de acuerdo. Como parte del pago, se levantó la amenaza de que la sede de la institución fuera embargada para el cobro de la sentencia.