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Presentan nueva ley para regular pirotecnia

Cuando ya suena la música navideña en las emisoras de radio y algunos comienzan a hacer acopio de pirotecnia para las fiestas, el representante del Partido Nuevo Progresista (PNP) Eric Correa Rivera dio a conocer hoy que radicó un proyecto de ley que establece nuevas guías para el uso de parafernalia en Puerto Rico a fin de proveer mayor regulación en el uso y manejo de los fuegos artificiales.

'Hace mucho tiempo que hemos estado en el proceso de revisar los estatutos que gobiernan el uso de la pirotecnia en la Isla. Luego de esa evaluación, hemos decidido crear una nueva ley que atempere los avances en este campo con las realidades sociales que actualmente experimentamos', indicó Correa Rivera.

El Proyecto de la Cámara 3737 esboza una nueve serie de parámetros que regularían la industria de los fuegos artificiales para la próxima década con la creación de la Ley sobre la Venta, Uso y Seguridad de Puerto Rico.

Entre lo elaborado en la medida se encuentra las definiciones de lo que son artefactos de pirotecnia permitidos en Puerto Rico, incluyendo los fuegos artificiales de exhibición conocidos como aéreos no-explosivos y los de base terrestre o de menor grado, como lo son las famosas 'estrellitas'.

'Esta nueva ley faculta a la División de Explosivos de la Policía a que sea la única entidad que monitorea la manufactura, manejo, venta y almacenamiento de la pirotecnia en la Isla. También se establece que es esta división la cual tendrá a su cargo la confección de manuales para hacer cumplir con la nueva ley', comentó el legislador.

Además del presidente de la Comisión de Recursos Naturales, Ambientales y Energía, la medida fue subscrita por el portavoz de la mayoría en la Cámara Baja, Carlos 'Johnny' Méndez y el representante José 'Nuno' López.

Los fuegos artificiales de menor grado solo podrán ser vendidos en establecimientos al detal que posean, entre otras cosas, un sistema de supresión de incendios debidamente monitoreado por el Cuerpo de Bomberos. Estos negocios también tendrán que contar con una póliza de seguro no menor de dos millones de dólares y no podrán despachar mercancía a ningún menor de 18 años.

De algún concesionario violar algunos de los estatutos de venta y manejo establecidos es la nueva ley, el mismo será sancionado severamente. Las multas serán de hasta 2,500 dólares por cada infracción.

De continuar con el patrón de incumplimiento, no solo se expedirá cuantiosas multas, sino que se suspenderá la licencia comercial por un año.

A toda persona que fume o lleve encendedores o cualquier artefacto que produzca llama dentro de un establecimiento que venda pirotecnia cometerá un delito grave de cuarto grado.

Según fue designado en el proyecto, el 75 de los recaudos por concepto de licencias de uso para este tipo de negocio serán designados a la Policía de Puerto Rico. El restante 25 por ciento entrará directamente al Fondo General.