Avalan prohibir retener reembolsos por daños a vehículos
El Senado y la Cámara de Representantes avalaron una medida del representante José Aponte Hernández que prohíbe el que instituciones financieras dedicadas al negocio de arrendamiento, retengan pagos de reclamaciones realizadas por daños a un vehículo asegurado, y que utilicen dichos reembolsos para cubrir cualquier atraso en los cánones de arrendamiento.
'Las compañías de financiamiento, deberán usar los pagos de seguro por daños para lo que son y sin excusas que los protejan a ellos y no al consumidor', indicó Aponte Hernández.
El Proyecto de la Cámara 2638, de la autoría del pasado presidente cameral y aprobado el pasado 12 de enero, enmienda los Artículos 13 y 16 de la 'Ley para Regular los Contratos de Arrendamiento de Bienes Muebles' facilitando así que la entidad que presta los servicios de reparación reciba la compensación acordada.
Entre los requisitos impuestos al arrendatario para obtener financiamiento se encuentra la adquisición de un seguro con el fin de responder a cualquier daño sufrido por el vehículo de motor en caso de accidentes u otras situaciones, durante el término del contrato.
'Vamos a atender al que verdaderamente se perjudica con la implantación de este tipo de práctica de retener pagos: los que ofrecen los servicios de reparación, que en muchos casos no reciben la compensación previamente acordada por sus labores', añadió Aponte Hernández.
En ocasiones, la institución arrendadora recibe el pago por concepto de una reclamación de daños y en vez de remitirlo directamente al arrendatario, esta aplica el mismo a deudas por plazos atrasados. Como resultado de este tipo de práctica, los talleres que realizan las reparaciones se ven adversamente afectados, hasta el punto que algunos de estos nunca reciben el pago por los servicios prestados.
La pieza legislativa cuenta con el aval de las Oficinas del Comisionado de Seguros y el Procurador del Ciudadano.