El Tribunal Apelativo denegó el jueves la solicitud de revocación que le hizo la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) de la sentencia dictada por el Tribunal de San Juan, mediante la cual se ordenó la adjudicación de 2,132 peticiones de endosos al Partido del Pueblo Trabajador (PPT).
Según la decisión del Apelativo, se trata de las peticiones de endosos que no fueron rechazadas entre el 10 de marzo y el 29 de agosto del año pasado, según dispone la Sección 6.1 del Reglamento para la Inscripción de Partidos por Petición de la CEE.
‘Aquí la fuente de autoridad vinculante es el reglamento vigente y obligatorio desde enero de 2002, no el llamado caso ancla que lo aplicó en otro litigio en el que una agrupación o partido político distinto exigió igualmente su amparo’, reza la determinación del foro intermedio.
La CEE había dejado en suspenso la certificación del PPT por unas alegadas querellas ante el Comité Evaluador de Querellas sobre irregularidades con varios endosos rechazados.
De acuerdo al documento, la Unidad de Validaciones de la CEE notificó el rechazo a más de 2,000 endosos después de los 45 días que provee el Reglamento. Ese Reglamento establece que las peticiones que no sean rechazadas en ese plazo, tendrán que ser aceptadas y contadas.
Por otra parte, el PPT solicitó al Tribunal de Primera Instancia que ordene al secretario de la CEE, Walter Vélez, que los certifique como el sexto partido por petición para las próximas elecciones de noviembre.
‘El Art. 7.001 (4), supra, claramente establece que será el secretario de la Comisión que debe expedir una certificación de inscripción una vez se hayan completado los requisitos allí dispuestos’, dice la solitud de la colectividad.
Según el documento de siete páginas, la Unidad de Validaciones le notificó al Partido en un informe del 30 de mayo pasado que le fueron validadas 57,668 peticiones de endoso, lo que representa un exceso de las 57,609 requeridas.
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