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PNP va para el Supremo y se reafirma en voto disidente del Apelativo

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El Partido Nuevo Progresista (PNP) presentó en horas de la mañana dos recursos legales para impedir que sea efectiva la determinación del Tribunal Apelativo que les prohibe utilizar la foto de Jean Carlos López Carrasquillo en su su campaña a favor del ‘sí’, en el referéndum del próximo domingo, 19 de agosto, que pretende enmendar la Constitución para que los jueces a nivel estatal tenga a su discreción denegar el derecho a la fianza en ciertos casos de asesinato.

López Carrasquillo, de 17 años, se le imputa estar involucrado con el asesinato de Jean Carlos Alvarado Martínez, el ‘disc jockey’ asesinado en medio de una fiesta en la urbanización Hacienda Sabanera de Cidra.

El licenciado Oscar Santamaría, abogado del PNP, dijo a NotiCel que ‘ciertamente el Tribunal Apelativo erró en dicha determinación e hizo caso omiso a nuestro ordenamiento jurídico’.

A su juicio el Tribunal ignoró lo dispuesto en la Ley del Derecho sobre la Propia Imagen del 2011, al determinar que los gestos de López Carrasquillo, no eran una ofensa y que pesaba más su derecho constitucional a la intimidad.

De acuerdo al Tribunal ‘aún tomando en consideración que el menor salía esposado y controlado por alguaciles, por lo que no tenía la libertad de escoger por dónde pasar, podemos coincidir que en un tribunal o en sus afueras inmediatas, no puede existir una expectativa de intimidad. Ahora bien, esto no implica que las fotografías que tome la prensa para fines informativos puedan ser utilizadas irrestrictamente para otros propósitos, menos aún con un menor de figura principal’.

Sobre las gesticulaciones de López Carrasquillo, el Tribunal establece que ‘el caso ante nuestra consideración nos presenta un menor que hizo un gesto con su dedo. Independientemente de la connotación que regularmente se le imputa al mismo, y el cual en forma alguna condonamos, desconocemos qué significado le otorgó el menor al realizarlo, ni a quién iba dirigido. El PNP especuló y le atribuyó una gama de expresiones e ideas. Entre ellas, que con tal gesto el menor renunció a su derecho de intimidad. Tomando como base el derecho aplicable, no logramos acertar cómo tal gesto se puede equiparar a una renuncia patente, específica e inequívoca de su derecho a la intimidad’.

Sin embargo, Santamaría reiteró que el artículo 8 de la Ley 139 del 2011, se estipula una serie de excepciones donde no aplicará el derecho sobre la propia imagen en término al derecho constitucional a la intimidad.

Por ejemplo, que se use la imagen de la persona por cualquier medio como parte de un reportaje informativo, una expresión política, transmisión artística o deportiva, o cualquier lugar donde haya un interés público legítimo y que la misma no sea utilizada para fines comerciales o publicitarios.

De otro lado, ‘cuando se utilice la imagen de una persona como parte de una sátira o parodia, en donde el propósito principal del uso de la imagen no sea uno comercial o publicitario’.

Asimismo, ‘cuando se utilice la imagen con propósitos de crítica o comentario, académicos o investigativos, siempre que dicha utilización no constituya una explotación encubierta de la imagen protegida’.

Además, no aplicará si se utiliza la imagen de la persona como accesoría, es decir que sale allí por accidente o dependiente de la figura principal.

Santamaría puntualizó que la intención del PNP es llevar a cabo una expresión política y que la fotografía en cuestión era una de fácil acceso a través del internet y las redes sociales.

Y se reafirmó en el voto disidente del juez del Tribunal Apelativo, Roberto Rodríguez Casillas.

Santamaría planteó que en el lugar y el momento en donde a López Carrasquillo le tomaron la polémica fotografía a este no le cobijaba el derecho a la intimidad porque fue fuera de la sala del Tribunal y el Tribunal de Menores había renunciado a su jurisdicción. Y que López Carrasquillo cosciente de que habían fotoperiodistas en el área hizo el mismo gesto con el dedo del corazón en más de una ocasión.

Ante esto, el PNP presentó esta mañana un moción de auxilio de jurisdicción a los jueces del Tribunal Supremo para que paralicen y dejen sin efecto la postura del Tribunal Apelativo. Además, radicaron un recurso de certiorari para apelar la decisión del Tribunal Apelativo.

La expectativa del PNP es tener una determinación para en o antes del próximo viernes,17 de agosto, para que no se torne académica cualquier resolución del Tribunal, si pasa del día del referéndum.

Se intentó obtener una reacción de Ángel Cintrón, director de la campaña del PNP, sobre la determinación del Tribunal Apelativo y el nuevo curso a seguir en la campaña del referéndum, pero no había estado disponible.

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