La administradora designada de la Administración para el Sustento de Menores (ASUME), licenciada Rosabelle Padín Batista, aclaró el procedimiento para establecer pensiones alimentarias a personas de edad avanzada a traves del Programa para el Sustento de Personas de Edad Avanzada (Prospera), adscrito a la agencia.
Esto ante la exhortación del representante Ángel Muñoz Suárez a que se revisen ‘las tablas de las pensiones alimentarias a personas mayores de edad’.
Según alertó Muñoz en comunicación escrita, ‘Los cambios realizados por la mayoría del Partido Popular Democrático (PPD) al Sistema son devastadores para toda una generación de pensionados, la mayoría de ellos, personas de la tercera edad. Tenemos que revisar todas las leyes que benefician a este importante sector social, incluyendo las tablas asociadas a la otorgación de pensiones de alimento. Esto tiene una premura ya que la medida de retiro entra en vigor este mismo año. No podemos dejar a nuestros ancianos desprovistos de ayuda’.
No obstante, Padín aclaró que, ‘A diferencia de lo que ocurre en los casos de menores, en los casos de personas de edad avanzada las pensiones no se fijan mediante unas tablas o guías. Las pensiones alimentarias para las personas de edad avanzada se establecen tomando en consideración las necesidades del viejo o la vieja y la capacidad económica o las aportaciones no monetarias que puedan proveer los descendientes; ello con base en las disposiciones del Código Civil, la Ley para el Fortalecimiento del Apoyo Familiar y Sustento de Personas de Edad Avanzada (Ley 168) y la jurisprudencia del Tribunal Supremo que las interpreta,’ expresó la administradora designada.
Explicó además que el Prospera contempla que una pensión de una persona mayor de 60 años puede estar compuesta no sólo de aportaciones económicas, sino que incorpora el concepto de aportaciones no económicas como parte del sustento que necesitan los adultos mayores. Estas aportaciones pueden ser que les acompañen a citas, en las noches o fines de semana, que le preparen alimentos, entre otras.
Según explicó, cuando en el año 2002 se revisó la Ley 168 que creó el programa, tras un amplio análisis con expertos en el tema y grupos focales con personas de edad avanzada, la Ley integró otros cambios como la nivelación de las aportaciones familiares y la mediación como el procedimiento administrativo para establecer la pensión.
‘Los viejos y viejas nos dijeron que necesitaban la compañía, los cuidados de sus hijos e hijas. La experiencia de los casos refleja lo mismo, que son las aportaciones no económicas lo que más necesitan. Sin embargo, de ser necesarias las económicas pueden establecerse en el programa,’ dijo.
‘Estaremos al pendiente de cualquier legislación que se estime conveniente presentar para aportar la experiencia del Prospera y fortalecer el servicio para salvaguardar el bienestar de nuestros envejecientes’, concluyó.
El representante Muñoz ya adelantó que se presta a radicar legislación en los próximos días para establecer los parámetros de las nuevas guías de pensión a los ancianos, así como investigar la eficiencia de la ley 168.
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