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Proyecto antiactivismo político de empleados públicos se queda corto de la

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En su alegado intento por limitar el activismo político de los empleados públicos la medida radicada por la Administración de García Padilla ha quedado corta en relación a la forma en que estos pueden participar de los procesos eleccionarios y en las penalidades a las que se exponen si incumplen con el estatuto, al comparar la legislación con el ‘Hatch Political Activity Act’.

Una revisión hecha por este diario digital pone sobre la mesa que si bien existen similitudes en cuanto a las prohibiciones de participar y/o realizar actividades políticas o recaudaciones de fondos dentro de las dependencias de Gobierno, también hay diferencias sobre la severidad de las sanciones y el tiempo en que un funcionario público puede participar en campañas eleccionarias.

Según el P. del S. 1078 la ley le prohibiría a los empleados públicos que en el tiempo que están llevando a cabo sus funciones dentro del Gobierno utilicen su posición para tratar de influir en el resultado de algún proceso eleccionario; el que recolecten, soliciten u obliguen a otros funcionarios a hacer aportaciones económicos o de su tiempo laboral para realizar o participar en actividades político-partidistas o apoyar algún candidato o partido, y el exigir o requerir a otros servidores el que apoyen con su voto a algún candidato o partido.

Además, les prohibe el que dirija o fomenten actividades o la creación de grupos partidistas o que favorezca algún candidato político.

‘Un supervisor no podrá solicitar, aceptar o recolectar, cualquier contribución de un funcionario público supervisado por éste, directa o indirectamente o del cual tenga control sobre su continuidad en el empleo, ascensos, descensos y/o condiciones de empleo’, se señala en la medida.

La medida también les prohibiría a los empleados que soliciten a cualquier persona u organización privada que mantenga una relación con el Gobierno, una aportación económica o el uso de facilidades o la prestación de servicios para fines político-partidistas. Tampoco se podría condicionar la concesión de beneficios gubernamentales a cambio de dichas contribuciones.

Sin embargo, deja la puerta abierta a cualquier contribución voluntaria por parte de individuos u organizaciones.

El estatus igualmente no permitiría que los empleados públicos lleven puesto o pongan en las dependencias del Gobierno artículos o mensajes que promueven alguna colectividad o candidato. Ni tampoco se pueden usar las facilidades del Gobierno para efectuar reuniones o llevar a cabo preparativos de campañas electorales.

No obstante, la Hatch Political Activity Act, limita a los empleados federales el participar de ciertas actividades políticas dentro y fuera de horas laborables.

De hecho, durante actividades políticas fuera de horas laborables los empleados federales no podrán llevar puesto su uniforme o identificación.

Tampoco pueden usar vehículos oficiales en actividades políticas ni participar en ningún encuentro de ese tipo dentro de las dependencias del Gobierno.

Del mismo modo, les está prohibido utilizar equipos del Gobierno para actividades políticas.

No podrán portar botones políticos durante horas laborables ni en sus ordenadores podrá haber pantallas o carteles que muestren su apoyo u oposición a ningún partido o candidato político.

No se les permite que organicen actividades de recaudación de fondos en su casa.

Otras actividades prohibidas a nivel federal son: ser miembro del comité de un partido o ser un oficial de un partido, organizar un grupo político, cualquier manejo de donativos políticos, participar en la gerencia de una campaña política, ser oficial de colegio, dirigirse al público en una actividad partidista, y transportar o promover el movimiento de electores a las urnas.

Sin embargo, la Ley les permite a los empleados públicos participar de procesos eleccionarios; emitir opiniones tanto en privado como en público sobe asuntos políticos y candidatos; mostrar alguna insignia de algún partido; participar en actividades no partidistas con fines cívicos, comunitarios, sociales, laborales y profesionales; pertenecer a algún partido político o asistir a convenciones políticas; firmar peticiones políticas; servir como juez electoral o secretario, entre otros.

En el caso de las sanciones de la medida estatal, lo que se pretendería es a los violadores se les impongan multa administrativa de entre $5,000 a $10,000; suspensión sumaria del empleo; suspensión de empleo y sueldo por un periodo de 89 días y/o la destitución.

Pero la Ley Hatch va más lejos aún al imponen como penalidades desde amonestaciones por escrito, la retención de dos años de la compensación de los empleados, la destitución, o procedimientos penales.

Entre los procedimientos penales los infractores podrían ser castigados con cárcel si prometen un empleo público a cambio del activismo político así como el condicionar la permanencia de dicho empleo a la realización de alguna actividad política.

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