Casos de pensión pendientes caerán bajo nuevas guías en tres meses
Aunque la Administración para el Sustento de Menores (ASUME) presentó el jueves el borrador de las nuevas guías para determinar y modificar las pensiones alimentarias, sepa que las mismas no entrarían en vigor de aquí a al menos tres meses. Pero, cuando entren en vigor, aplicarán lo mismo a casos de pensión nuevos como a los casos que esten pendientes de resolver.
Así afirmó a NotiCel, la secretaria del Departamento de la Familia, Idalia Colón.
Y es que a partir del 24 de junio comenzaría un proceso de vistas públicas en diferentes centros judiciales en el país, en aras de permitir la participación ciudadana en el proceso. Las vistas se efectuarían en los centros judiciales de Bayamón, Hato Rey, Carolina, Guayama, Ponce, Caguas, Mayagüez y Arecibo. Y se extenderían hasta el 24 de julio.
Luego de este proceso de consulta, se demoraría un mes más la revisión de las recomendaciones para acoger los cambios necesarios al Reglamento.
Posteriormente se presentaría el Reglamento en el Departamento de Estado, donde no adquiría vigencia hasta 30 días después.
Estas nuevas guías se aplicarían tanto a casos pendientes de resolver como a los nuevos casos que sean radicados.
La administradora de la Oficina de Administración de Tribunales, Sonia Ivette Vélez, afirmó que el Tribunal está listo para atender estos casos.
Este diario le preguntó cuál fue la experiencia cuando en el 2006 se hizo la última revisión de las guías de pensión, a lo que indicó que 'en términos del impacto a Tribunales, fue algo que se pudo absolver con muchísima facilidad. Siempre uno tiene temor del impacto de las solicitudes de revisión que vengan, porque las personas impactadas pueden entender que se benefician o no. Pero no hubo ningún asunto que para nosotros fuera difícil de trabajar. Y si lo hubiese para eso tenemos los mecanismos de manera de allegar los recursos que fueran necesarios'.
Las nuevas guías surgen tras casi ocho años sin ser revisada, a pesar de que legislaciones vigentes establecen las mismas deben ser revisadas cada cuatro años.