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Anuncian el fin de aumentos desmedidos en sueldos de alcaldes

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El senador, Martín Vargas, del distrito de Ponce y exalcalde de Guánica, anunció el domingo la vigencia de la Ley número 69 la cual establece limitaciones y requisitos a las Asambleas Municipales al momento de estas aprobar aumentos de salario a los alcaldes.

‘Los tiempos en que los alcaldes novatos que heredaban los salarios de sus antecesores, se acabó. Los tiempos en que se aprobaban aumentos de sueldos para alcaldes después de las elecciones, se acabaron. Los tiempos en que las Asambleas Municipales aprobaban aumentos de sueldos sin vistas públicas, se acabaron. Esta Ley 69 establece que cualquier aumento de salario de un alcalde no tendrá efecto durante el cuatrienio en que fue aprobado y que dicho salario debe ser a base de la población del municipio’, señaló Vargas en una conferencia de prensa.

El legislador explicó que la ley de su autoría, fue firmada por el gobernador Alejandro García Padilla el pasado martes 24 de junio, entrando en vigor inmediatamente.

En la ley se establecen los salarios básicos para los alcaldes en función de la población de los municipios que éstos rigen. El salario básico mínimo para un alcalde bajo esta nueva ley será de 54 mil dólares y corresponderá al ejecutivo de un municipio con 15 mil habitantes o menos. De igual manera, el salario básico máximo será de 114 mil dólares y corresponderá a un alcalde en cuyo municipio residan 300 mil personas o más. Las estadísticas poblacionales que habrán de utilizarse para determinar los salarios básicos de los alcaldes, serán las correspondientes al censo de los Estados Unidos.

La ley provee además la posibilidad de que las Asambleas Municipales puedan autorizar aumentos de salarios a sus alcaldes hasta un 10 por ciento del salario básico la primera vez en que se concede un aumento y de hasta un cinco por ciento de aumento de ahí en adelante. La ley provee además, una serie de criterios que deben considerarse y aprobarse antes de que se adjudique un aumento salarial. Los municipios que mantengan déficit en su presupuesto no podrán autorizar un aumento a sus alcaldes.

De acuerdo con Vargas, al presente existen 14 de los 78 alcaldes de la isla devengan un salario menor al dispuesto en la nueva escala salarial. Entre estos alcaldes se encuentras los de los municipios de Añasco, Caguas, Carolina y Coamo, entre otros. Bajo esta nueva ley el alcalde de Caguas, William Miranda Torres, quien actualmente devenga 99,996 dólares anuales, podría recibir, como salario base, 102 mil dólares anuales.

Por otro lado, el alcalde de Coamo, Juan Carlos García Padilla, quien actualmente, recibe un salario de 60 mil dólares, con la nueva ley, podría recibir un aumento al nuevo salario base de 72 mil dólares.

Vargas explicó que a partir de a vigencia de la ley, las Asambleas Municipales podría iniciar el proceso de ajustar los salarios de sus respectivos alcaldes pero recalcó que no es una gestión obligatoria.

El legislador explicó además, que los casos en los que los alcaldes incumbentes devengan salarios mayores a lo estipulado en la ley, éstos no sufrirían reducciones salariales, sino que una vez abandonen el cargo ya bien sea porque se retiran o pierden una elección, el nuevo alcalde habrá de asumir el cargo con el salario básico que estipula la ley. Esta estipulación afecta directamente a la próxima alcaldesa de Canóvanas, Lornna Soto, quien habrá de asumir el cargo el próximo primero de julio.

De acuerdo con la ley, Soto está impedida de asumir el cargo devengando los 9,000 dólares mensuales que actualmente devenga el renunciante alcalde, José ‘Chemo’ Soto, quien es su padre. El salario de la nueva alcaldesa será de 6,500 dólares mensuales.

Vargas señaló que esta ley se ha estado discutiendo desde hace varios meses y que ha sido una casualidad el que haya coincidido la firma de la misma, justo una semana antes de la toma de posesión de Soto como alcaldesa de Canóvanas.

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