La Carta de Derechos de las Personas de Edad Avanzada y el Código Penal recibieron unas enmiendas tras la firma este miercoles del gobernador Alejandro García Padilla.
De ahora en adelante queda establecida la responsabilidad y coordinación efectiva entre agencias gubernamentales en situaciones de maltrato, así mismo añade nuevas definiciones sobre esta negligente conducta, tras la aprobación del proyecto del Senado 585 de la autoría de la senadora Rossana López.
‘Hoy es un día histórico para las personas de edad avanzada porque, nuestra administración se reafirma en el fortalecimiento de leyes que los protegen. Hemos visto cómo las formas de maltrato han ido evolucionando y en ese sentido, nosotros como gobierno, tenemos que hacer lo propio para garantizar la calidad de vida de este vulnerable grupo poblacional’, afirmóLópez en un comunicado de prensa.
Entre las nuevas disposiciones la Carta de Derechos de Personas de Edad Avanzada, el Artículo 6.1 reza que cualquier persona de edad avanzada que haya sido víctima de cualquier tipo de maltrato, según descrito en la Ley, podrá radicar por sí, por conducto de su representante legal o un agente del orden público una orden de protección en el tribunal, sin que sea necesaria la radicación previa de una denuncia o acusación. Así mismo, esta acción le prohibe al maltratante disponer en cualquier forma de los bienes de la parte peticionaria.
Además, las enmiendas incluyen una que dispone la coordinación interagencial con cada uno de los pasos a seguir por una agencia en el proceso de atender algún caso de maltrato de personas de edad avanzada.
Finalmente, fue añadido en el Código Penal el Artículo 127-A de la Ley 146-2012 para indicar que toda persona que, cometa abuso físico, emocional, financiero, agresión, robo, apropiación ilegal, amenaza, fraude, o violación, contra una persona de edad avanzada, causándole daño o exponiéndole al riesgo de sufrir daño a su salud, su bienestar, o sus bienes, será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de 10 años.
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