El Tribunal Federal de Puerto Rico negó una solicitud para desestimar una demanda radicada por el agente Alvin Marrero Mendez, un ateo, contra el Superintendente de la Policía, Hector Pesquera y cuatro supervisores de la Uniformada, por haberlo sometido a un ambiente hostil y represalia por haberse negado a participar una oración obligatoria.
El Tribunal, por voz del juez Jay García Gregory, desestimó la demanda contra Pesquera y el comandante del área de Carolina William Orozco porque no se logró probar su conexión con los hechos pero sostuvo la querella contra el resto de los policías demandados, el excomandante de área Guillermo Calixto Rodríguez y los supervisores Mario Rivera y Ricardo Cruz Domínguez. Calixto Rodríguez es actualmente Comisionado de la Policía Municipal de San Juan.
La acción se basa en la separación de Iglesia y Estado que establece la Constitución de los Estados Unidos, ya que los cuarteles son lugares de empleo gubernamentales y a Marrero se le estaba imponiendo la fe cristiana cuando su adhesión espiritual es el ateísmo.
Marrero busca que el tribunal declare inconstitucional la práctica de la Uniformada de obligar a los agentes a participar en oraciones.
El policía ateo, quien labora en la Uniformada desde el 1999, alega que previo a hacer intervenciones policiacas se obliga a los policías a participar en círculos de oración.
Marrero alega que previo a una intervención el 9 de marzo del 2012 el demandado Calixto Rodriguez, quien era el comandante de área, citó a unos 40 policías a discutir una intervención. La reunión incluyó una plegaria. Cuando Marrero se quejó, se le dijo que se saliera, pero se le obligó observar la oración. Posteriormente, se le sometió a un patrón hostil y se le rezagó en su empleo.
Al negarse a desestimar la demanda, el Tribunal Federal entendió que pudo haber violaciones a la separación de Iglesia y Estado y a los derechos a Marrero. El Tribunal también rechazó argumentos de inmunidad levantados por los demandados.
‘A la luz de los hechos, el Tribunal encuentra que los demandantes han establecido los elementos e una violación a la cláusula de establecimiento. La moción para desestimar la querella es negada’, dice el tribunal en el documento.
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