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Hasta un año de cárcel para quien no envíe a los niños a la escuela

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Hasta cinco mil dólares de multa y/o un año de cárcel, enfrentan los padres de estudiantes de escuela pública que no tomen acciones correctivas que garanticen la asistencia diaria de sus hijos a la escuela, anunció el lunes el secretario del Departamento de Educación, Rafael Román Melendez.

Las penas, contenidas en la Ley Orgánica del Departamento de Educación, podrán ser aplicadas de ahora en adelante con la puesta en vigor del reglamento que establece la obligación de las familias a garantizar la asistencia regular a clases de sus hijos matriculados en escuela pública.

‘Hemos sido consistentes en promover la integración de los padres y los encargados de nuestros estudiantes en el proceso educativo, porque reconocemos su importancia para lograr un mejor aprovechamiento académico y mayor retención escolar’, dijo Román Meléndez en conferencia de prensa en la escuela intermedia Andrés Valcárcel de Trujillo Alto.

El Secretario señaló además, que el nuevo reglamento también establece responsabilidades a los funcionarios escolares para la notificación a los padres, a las agencias de bienestar social y al Departamento de Justicia, según sea pertinente, desde cualquier patrón de ausencias injustificadas y para el cual los padres o encargados no hayan tomado acción correctiva que garantice la asistencia de sus hijos a la escuela.

Se informó que la región con mayor ausentismo es Caguas (20.5%), seguido por Ponce (18.3%) y Arecibo (17.2%). La región de Mayagüez registró un 16.8% de ausentismo, mientras que Bayamón un 16.2%, Humacao un 15.6% y San Juan un 15.4%.

Román Meléndez definió como ausencia injustificada cuando el estudiante no asiste a la escuela o a una actividad escolar sin una excusa escrita notificada no más tarde de cinco días después de este haber regresado a clases. Señalo además que el número de ausencias promedio de un estudiante en el sistema público de enseñanza es de entre 10 y 15 ausencias por año escolar. En el caso de los maestros, el promedio de ausencias por año escolar es de entre 8 y 9 días.

‘Hay que recordar que el no enviar a sus hijos a la escuela dependiendo de las circunstancias puede ser una forma de maltrato a menores’, explicó Román Meléndez.

El escrito aplica a todas las escuelas públicas elementales, secundarias, vocacionales, especializadas, técnicas y de altas destrezas, y estipula las acciones que deberán llevar a cabo los directores escolares, los maestros, los trabajadores sociales, los consejeros escolares y cualquier otro personal de apoyo para notificar un patrón de ausencias injustificadas por parte del estudiante a sus padres.

Una vez se ha detectado un patrón de ausencias injustificadas (después de la tercera) el maestro debe iniciar una comunicación con los padres del estudiante, ya bien sea a través de correo regular, correo o electrónico o llamada telefónica para notificar de la conducta. Si las gestiones de comunicación fueran infructuosas, ya bien sea porque no se consiguió comunicación o porque no hubo una respuesta correctiva, entonces el maestro habrá de referir el caso a la recién creada Unidad de Retención Escolar (UNARE). Esta división es la que habrá de encargarse de llevar a cabo gestiones adicionales, incluyendo visitas al hogar para desarrollar, de ser necesario una estrategia correctiva.

De no haber una respuesta proactiva de parte de los padres, tras la intervención de UNARE, se notificará a la directora de la escuela para que el caso sea referido simultáneamente al Departamento de la Familia y demás agencias de bienestar social, y al Departamento de Justicia.

El Reglamento para la notificación de ausencias a padres, madres, tutores o encargados de menores a las agencias de bienestar social de Puerto Rico está avalado por la Orden Ejecutiva 2013-057 que ordena al DE revisar el protocolo que establece los criterios de cumplimiento con la responsabilidad escolar de padres y encargados. Este reglamento entro en vigor la semana pasada y se estarán aceptando comentarios al mismo durante los próximos 30 días a través de correo tradicional o electrónico ( aviso_reglamento@de.pr.gov).

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