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Presentan enmiendas al Código Penal 2012

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Los copresidentes de la Comisión Conjunta para la Revisión Continua del Código Penal, el representante Luis Vega Ramos y el senador Miguel Pereira presentaron el martes un proyecto de ley para enmendar el Código Penal vigente para ‘atemperarlo a las realidades sociales y al mandato constitucional de la rehabilitación’.

‘Las enmiendas propuestas establecen un sistema de pena proporcionales a las celeridad de los delitos, utilizando el derecho comparado la experiencia histórico legal en Puerto Rico y una serie de estudios empíricos disponibles’, señaló Vega Ramos en conferencia de prensa.

De acuerdo con el representante, las nuevas enmiendas al código responden a una preocupación por las consideraciones científicas presentes o no en las justificaciones utilizadas para imponer las penas en el código del 2012. Según Vega Ramos, la Legislatura podía escoger una entre tres alternativas, volver al código penal del 2004, quedarse con el código del 2012 o escoger un camino intermedio, enmendando el código del 2012.

Las enmiendas propuestas se fundamentan en la proporcionalidad de las penas y específicamente, se propone reducir los catorce intervalos de reclusión que ahora existen, a solo seis. Los términos de reclusión son la cantidad de años que ha de estar encarcelada una persona por la comisión de algún delito.

Para la asesora de la Comisión de Revisión Continua, la profesora Dora Nevares, esa cantidad de intervalos y alguno de los intervalos mismos carecen de justificación.

Las enmiendas al código proponen además un control sobre la discreción judicial al momento de establecer las penas o sentenciar a los reos.

Según el Representante, existe la preocupación a los efectos de que el código vigente ‘debilita demasiado la opción de rehabilitación’ que es un mandato constitucional. El legislador argumentó que ‘el objetivo de todo sistema penal debe ser el separar de la sociedad a toda persona que incurre en conducta criminal hasta el momento en que se haya efectuado una rehabilitación que permita la reinserción de la persona a la sociedad’.

Las enmiendas al código introducen además, la pena de restricción terapéutica como mecanismo de rehabilitación. De acuerdo con Vega Ramos, el actual código impide a algunos reos participar de programas de desvío porque se excluyen varios delitos de los criterios de elegibilidad para dichos programas.

En este ámbito se establecen criterios para la ‘discreción judicial dirigida’, la cual pretende establecer parámetros sobre los cuales los jueces ‘orientarán’ su discreción al momento de establecer las penas o sentenciar a los reos. Por ejemplo: reincidencia, plan de rehabilitación, peligrosidad, etc.

En lo relacionado a la proporcionalidad de las penas, las enmiendas proponen, específicamente, la reducir de los catorce intervalos de reclusión que ahora existen, a solo seis. Los términos de reclusión son la cantidad de años que ha de estar encarcelada una persona por la comisión de algún delito. De lo que se trata es, de que exista certeza en torno al tipo de pena se exponen las personas convictas de delito.

Para la asesora de la Comisión de Revisión Continua, la profesora Dora Nevares, esa cantidad de intervalos y algunos de los intervalos mismos carecen de justificación científica en el código vigente.

Sobre el principio de ‘cero impunidad’, Vega Ramos explicó que el mismo se extenderá a las personas jurídicas (compañías, corporaciones, etc.) de manera que tengan que ‘pagar’ por haber infringido la ley. Entre las sanciones a las que podrían exponerse la empresas que violen la ley se encuentran una serie de multas y penalidades sobre su ganancia pecuniaria, la limitación de su actividad comercial en la Puerto Rico o incluso impedir su actividad comercial en la isla, ‘lo equivaldría a una especie de pena de muerte empresarial’ para las entidades que violen la ley.

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