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Senado da luz verde a proyecto de prerretiro voluntario

Durante el último día de aprobación de nuevas medidas de esta sesión, el Senado aprobó el Proyecto de la Cámara 2717, que viabiliza un programa de prerretiro voluntario, que permitirá a los empleados elegibles del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, su jubilación voluntaria e incentivada. Con esta acción se proporciona una herramienta adicional para atender la situación de las finanzas públicas.

En su texto, el proyecto estipula que la medida tiene el propósito de reducir la nómina pública y el peso que esta tiene sobre las finanzas del erario, sin despedir empleados de carrera. Se estima que con esta iniciativa el gobierno se ahorre cerca del 40 por ciento del salario y beneficios marginales de los empleados que se acojan, así como otras partidas que de otra manera tuviese que desembolsar si dicho empleado se mantenía como trabajador activo. Asimismo se destaca que la implementación de este programa no tendría un impacto adverso en las arcas del Sistema de Retiro del ELA, ni de las entidades gubernamentales que se acojan al mismo.

El programa ofrece incentivos para el personal que sea empleado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, que haya comenzado a cotizar para el Sistema de Retiro antes del 1 de abril de 1990 o que habiendo comenzado a cotizar luego de esa fecha, pagó servicios acreditables anteriores al 1 de abril de 1990, sin haber recibido el reembolso de sus aportaciones y tengan un mínimo de 20 años de servicio cotizados bajo la estructura de beneficios de la Ley 447.

Los incentivos incluyen una compensación equivalente al 60 por ciento de su sueldo de carrera al momento de la separación del servicio o de la retribución promedio al 30 de junio de 2013, en el caso de los empleados de confianza que cualifiquen. De igual forma, se establece la liquidación del pago de las licencias de vacaciones y enfermedad, considerando el tope establecido por la Ley 66-2014 y exenta del pago de contribuciones, el pago de la contribución patronal al Seguro Social y Medicare, el pago de la prima del seguro por incapacidad y la aportación patronal al plan médico hasta por un término de dos años.

La pieza legislativa provee además para que el patrono continúe realizando las aportaciones, tanto individual como patronal, al Sistema de Retiro de los Empleados del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, lo que garantizará un incremento en su anualidad de retiro futura, la cual se le garantiza que nunca será menor del 50por ciento de su retribución promedio; y en el caso de los miembros del Cuerpo de la Policía del Estado Libre Asociado de Puerto Rico nunca será menor del 60 por ciento.

El Proyecto del Senado 1529, que enmienda la Ley de Seguro de Responsabilidad Obligatorio para Vehículos de Motor y enmendar la Ley 157-2015, a los fines de autorizar a la Asociación de Subscripción Conjunta a declarar un dividendo extraordinario y un pago especial para ser depositado al 'Fondo Legislativo para Impacto Comunitario', fue otra de las piezas legislativas que recibió la venia senatorial.

Asimismo, se avaló el Proyecto del Senado 1449 que elimina el derecho de los legisladores a reclamar el reembolso por concepto de viajes o millaje establecido en la Ley 97 del 19 de junio de 1968. Dicha ley contempla un estipendio por dietas tomando en consideración la distancia habida entre el Capitolio y la residencia del legislador.

Se dio paso además al Proyecto de la Cámara 894 que enmienda las Reglas de Procedimiento Criminal, con el objetivo de que toda persona sobre la cual pese una denuncia sustentada en declaraciones juradas sometidas por el Ministerio Público, tenga derecho a obtener copia de dichas declaraciones antes del inicio de la vista.

(Archivo/NotiCel)
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