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Así será el nuevo proceso de corte de luz y revisión de facturas (documento

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Con el objetivo de hacer menos escabrosos los procesos para objetar facturas de luz y de permitir al cliente actuar a tiempo para evitar un corte de luz en su hogar, se está generando un nuevo Reglamento para la Revisión de Facturas y Suspensión de Servicio Electrico por Falta de Pago, de la autoría de la Comisión de Energía de Puerto Rico (CEPR).

Según el presidente de la Comisión, Agustín Carbó Lugo, esta propuesta de Reglamento responde a las funciones asignadas a la CEPR luego de su creación, que entre ellas destaca ‘proteger los intereses y derechos de los consumidores frente a las compañías de servicio eléctrico’ y establecer procedimientos para la revisión de facturas ‘desalentando prácticas que sean abusivas, deshonestas y desleales’.

En entrevista con NotiCel, Carbó Lugo explicó que este escenario abusivo toma lugar principalmente por el abultado número de querellas que llegan a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), que a su vez se empeora por la ausencia de límites de tiempo para contestarlas y para encausar la investigación. ‘Hay casos que están durando años’, dijo.

En el nuevo Reglamento, se establecería un período de 30 días una vez un ciudadano somete una objeción a una factura, y la Autoridad tendrá 60 días para evaluarla y completar la investigación. De sobrepasar el límite, perdería jurisdicción y tendría la obligación de adjudicarlo a favor del cliente. Incluso, los casos que valen menos de $2,500, se atenderían en un procedimiento sumario más rápido para que el cliente no tenga que enfrentarse a un proceso largo.

Un cliente objeta una factura cuando considera que el contenido de la misma no se ajusta a lo que realmente consumió. Si se demora, puede perder el derecho a exigir una revisión. No obstante, la investigación debe llevarse a cabo. La Autoridad también se enfrenta a casos en que las reclamaciones no están justificadas, los cuales se pueden transformar en procesos hostiles, agregó Carbó Lugo.

Para facilitar el proceso, la CEPR también podría tener potestad para evaluar casos, por lo que estarán inaugurando su propia Sala de Vistas Públicas en Hato Rey próximamente. Esto en parte para aligerar los procesos y a su vez, para crear confianza con un cliente que puede cuestionarse cómo pedir revisión ante la misma agencia que emitió la factura.

El Presidente agregó que velarían porque el cliente no tenga que lidiar con abogados, incluyendo información general sobre el proceso y el formulario de solicitud que podrían completar en línea. Una vez se agoten los remedios administrativos, la parte afectada podría acudir a la Comisión o al Tribunal de Apelaciones si fuera el caso.

En cuanto a la suspensión del servicio eléctrico, la propuesta de reglamento establece que una vez concluido el término de 30 días que tiene de gracia el cliente sin que se haya efectuado el pago correspondiente, la AEE tendría la obligación de avisar sobre el corte de luz con diez días mínimos de antelación. Además, no podría ocurrir viernes, sábado, domingo o días feriados, días en los que se complica realizar los pagos.

‘Hemos puesto eso para salvaguardar ese derecho del cliente, para que se le haga más fácil. Si hay un aviso de corte, podría pagar en esos días’, dijo.

La propuesta de Reglamento actualmente atraviesa un proceso de revisión y vistas públicas. La población tiene hasta el 27 de marzo para someter comentarios escritos sobre el Reglamento, y la vista pública se llevará a cabo el 1ro de abril en la oficina de la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones, de 8:30 de la mañana a 5 de la tarde.

‘Siempre queremos recibir insumo del pueblo porque son los que se ven afectados principalmente por estas decisiones sobre todo los que han pasado por esta experiencia, nos gustaría saber cómo mejorar este reglamento para hacerlo más amigable’, concluyó Carbó Lugo.

Reglamento propuesto para revisión de facturas de AEE – NotiCel_17669

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