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Supremo federal da cantazo a gobierno de Puerto Rico (documento)

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La ratificación de la Constitución del Estado Libre Asociado en 1952 no rompió la cadena de poder que convierte al Congreso de los Estados Unidos en la fuente de poder máximo sobre Puerto Rico, indicó el Tribunal Supremo federal de manera directa en una decisión que, aunque versa sobre materias penales, tendrá ramificaciones importantes en muchos ámbitos, incluyendo el que la decisión se publicó a sólo horas de que la Cámara de Representantes federal vote sobre la imposición de una Junta de Control Fiscal a la Isla.

La decisión en el caso de Pueblo v. Sánchez Valle, fue 6-2 en un foro incompleto en su composición porque no se ha llenado la vacante del difunto Antonin Scalia. La jueza ponente fue la exprocuradora general Elena Kagan, y los disensos, tal y como se esperaba, fueron de los jueces Stephen Breyer y la puertorriqueña Sonia Sotomayor. Aunque no era una parte formal, el Gobierno de los Estados Unidos había comparecido al caso para indicar al Supremo que su visión es que Puerto Rico es un territorio bajo el completo control del Congreso.

Los hechos del caso son que dos acusados en las cortes de Puerto Rico en casos separados plantearon que no los tribunales locales no podían ser procesados por unos delitos de armas porque ya a nivel federal habían sido procesados. La teoría que triunfó en la opinión mayoritaria es que el criterio que hay que responder para resolver la controversia es de dónde sale el poder de cada una de las jurisdicciones para procesar a criminales. Bajo ese criterio, la mayoría concluyó que, en el caso de Puerto Rico, el poder sale del Congreso federal porque fue ese cuerpo el que le dió permiso al gobierno de Puerto Rico para procesar casos por via de la Constitución del Estado Libre Asociado.

‘Puesto de manera sencilla, el Congreso confirió autoridad para crear la Constitución de Puerto Rico que, a su vez, es lo que confiere la autoridad para los procesamientos criminales. Eso hace que el Congreso sea la fuente original de poder para los fiscales de Puerto Rico, como lo es para los (fiscales) del Gobierno federal. La constitución de la isla, por significativa que sea, no rompe esa cadena’, expresó Kagan.

‘Así que la Claúsula de Doble Exposición prohibe que tanto Puerto Rico como Estados Unidos procesen a la misma persona por la misma conducta bajo leyes criminales equivalentes’, concluyó.

La opinión mayoritaria hizo un poco de argumento histórico que se resume en que el Tratado de París transfirió a la colonia de Puerto Rico de España a Estados Unidos sin que Puerto Rico dejara de ser colonia, por lo que Puerto Rico no puede decir que tenía poder soberano antes de que llegara al escenario Estados Unidos. De hecho, en ese mismo análisis, la mayoría del Supremo concluyó que las tribus indias que ocupaban el territorio de los Estados Unidos antes de que se formara la Unión federal tienen una soberanía separada y distinta del Congreso. También indican que los estados tienen soberanía separada.

Los disidentes, por su parte, hicieron un argumento más centralizado en la responsabilidad histórica que tenía Estados Unidos con Puerto Rico debido a los propios actos del gobierno estadounidense.

‘Esta historia de estatutos, lenguaje, actas orgánicas, tradiciones, declaraciones y otras acciones, realizadas por las tres ramas del Gobierno Federal y por Puerto Rico, me convence de que los Estados Unidos ha entrado en un acuerdo que incluye el precepto de que la ‘fuente’ de las leyes criminales de Puerto Rico dejó de ser el Congreso y se convirtió en el propio Puerto Rico, su gente y su constitución. La evidencia de esa cesión de autoridad es más fuerte que la evidencia del silencio congresional que ha llevado a este Tribunal a concluir que las tribus indias mantienen una autoridad soberana. De hecho, es difícil ver cómo podemos concluir que las tribus poseen esa autoridad, pero que Puerto Rico no’, dijo Breyer en su disenso.

Además de esa tesis, sostienen que la teoría de la ‘fuente original de poder’ es equivocada porque, por ejemplo, Estados Unidos también adquirió a Filipinas bajo el Tratado de París y luego, en 1946, el Congreso autorizó su independencia pero nadie argumentaría que esa decisión significa que el Congreso todavía tiene poder sobre Filipinas.

SCOTUS holds 6-2 that Puerto Rico and US cannot bring successive prosecutions for same conduct under equivalent criminal laws

— SCOTUSblog (@SCOTUSblog)

June 9, 2016

Today’s decision is a blow to Puerto Rico’s soverienty bc it treats PR as having the same sovereignty as the United States.
— SCOTUSblog (@SCOTUSblog)

June 9, 2016

Vea también:

Puerto Rico suplica por su Constitución en el Supremo federal (análisis y documento)

Jueces del Supremo tratan de lidiar con la ‘resbalosa’ soberanía (documento)

Para el récord, escucha y lee la vista histórica de PR v. Sánchez Valle

Decisión Supremo P.R. vs Sánchez Valle_19387

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