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Tribunal Supremo avala ordenanza que prohíbe el depósito de cenizas en Peñu

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El Tribunal Supremo avaló el lunes la Ordenanza Municipal de Peñuelas que prohíbe el depósito de cenizas de carbón.

‘Se resuelve que el asunto relativo al uso de cenizas procedentes de la combustión de carbón no es uno que haya sudo ocupado por el gobierno federal o estatal, y que el Municipio de Peñuelas ostenta la facultad en ley para prohibir su uso dentro de sus límites territoriales.En consecuencia, se revova la determinación del Tribunal de Apelaciones y se reinstala la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia’, reza la sentencia.

En su opinión, el panel llegó a la conclusión de que es el Estado Libre Asociado, a través de la Ley de Municipios Autónomos quien le da la facultad a cada municipio de reglamentar e imponer penalidades para la disposición y manejo de los desperdicios sólidos.

‘Cónsono con lo anterior, y relacionado a la controversia ante nuestra consideración, la Ley de Municipios Autónomos le confiere a cada municipio del País la facultad de ‘reglamentar el manejo de desperdicios sólidos en armonía con la política pública ambiental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, disponer por ordenanza la forma en que se llevará a cabo el manejo de desperdicios sólidos e imponer penalidades por violaciones a las normas que se adopten’, reza parte de la sentencia.

‘Así pues, salvo que otra cosa se disponga mediante ley o reglamentación, la Legislatura Municipal queda revestida del poder de aprobar aquellas ordenanzas necesarias para promover y adelantar su propia política pública, siempre y cuando la misma no contravenga la política pública establecida por el Estado’, continuó la sentencia.

En cuanto a la Rama Ejecutiva y Legislativa, aún se desconoce si para la segunda Sesión Extraordinaria, se presentará un Proyecto de Administración, con inclinación a prohibir el depósito de las cenizas de carbon o si se daría paso al Proyecto del Senado 340, de la autoría de la senadora independentista, María de Lourdes Santiago.

Por su parte, Santiago, quien es la portavoz del PIP en el Senado,celebró el gran triunfo que representa la determinación delTribunal Supremo validando la ordenanza.

‘Ha sido nuestro privilegio contribuir al proveer el instrumento jurídico que reivindica la lucha de tantos años de la combativa comunidad peñolana de Tallaboa’, señaló la vicepresidenta del PIP.

La senadora Santiago es parte de los 63 ciudadanos arrestados a finales de noviembre por su participación en las protestas en Tallaboa, con vistas judiciales señaladas para el 9 y 16 de febrero.

Las cenizas provienen de la generadora de energía a base de quema de carbón Applied Energy Systems (AES), que produce de 600 a 1,000 toneladas de cenizas diarias.

La decisión del Supremo madruga a la administración saliente que, a pesar de las constantes protestas y reclamos documentados, no ha convocado a la Sesión Extraordinaria que se necesitaría para considerar la medida radicada hace casi cuatro años.

*Esta nota fue editada tras su publicación inicial para añadir información de la sentencia y las declaraciones de la senadora Santiago.

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