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Gobernador firma Ley de Emergencia Financiera

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Luego de su aprobación en el Senado anoche–y en la Cámara de Representantes tambien esta semana–el gobernador, Ricardo Rosselló, firmó esta tarde la ‘Ley de Emergencia Financiera y Responsabilidad Fiscal de Puerto Rico’.

Esta medida extiende, al menos, hasta el 1 de mayo la declaración de emergencia fiscal en el país con el fin de priorizar los servicios esenciales. La vigencia de la ley se podrá extender una sola vez por tres meses adicionales. Todo esto sin menoscabar las facultades de la Asamblea Legislativa.

‘La Ley de Cumplimiento para los asuntos fiscales en Puerto Rico representa un cambio de filosofía significativo con la previa administración que tenía una ley de impago. Esta nueva ley permite –basado en los recursos que tiene Puerto Rico– cumplir con aquellos que han invertido en la Isla, pero también dejando claro que nuestra prioridad es el pago de los servicios esenciales’, sostuvo Rosselló Nevares mediante comunicado de prensa.

En resumen, el proyecto permite nombrar síndicos para dependencias en estado de emergencia, así como nombrar recursos según sea necesario.

Asimismo, le otorga al gobernador la potestad de vender, alquilar, traspasar, asignar o transferir activos y obligaciones de una entidad gubernamental de acuerdo al ‘ordenamiento jurídico vigente’ y sin ‘poner en peligro’ la salud, bienestar de los residentes de la Isla o afecta ‘inconstitucionalmente un bono, pagaré, valor u obligación legal no impugnada de una entidad del Gobierno’.

También dejará en manos del gobernador aprobar o desaprobar la emisión de obligaciones de una entidad gubernamental de la Rama Ejecutiva sin trastocar la partida asignada al pago de nómina, costos relacionados y utilidades.

En el Senado, el proyecto pasó con 21 votos a favor, producto de la mayoría del Partido Nuevo Progresista (PNP) y el senador del Partido Popular Democrático (PPD), José Nadal Power. Tuvo ocho votos en contra, parte de las minorías del PPD y del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP).

En su reunión de ayer, la Junta Fiscal se mostró preocupada ante esta medida porque prioriza los servicios esenciales, pero no define cuáles son. También, la Junta Fiscal considera que la Administración de Rosselló debe catalogar como esencial el pago de la deuda pública, que al momento abarca más de $70 mil millones.

No obstante, en la Sección 201 y 203 de la ley se especifica que estos servicios incluyen salud, seguridad y bienestar general a la población, que incluye la educación y la asistencia a los residentes.

De la misma manera, esta ley dispone la paralización de litigios mientras se encuentre en efecto la paralización (‘stay’) que provee la ley federal Puerto Rico Oversight, Management andEconomic Stability Act (PROMESA).

Ley de Emergencia Financiera y Responsabilidad Fiscal de Puerto Rico 1ra parte – NotiCel_22971

Ley de Emergencia Financiera y Responsabilidad Fiscal de Puerto Rico 2da parte – NotiCel_22972

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