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Sila Calderón apelaría la ley de ‘quiebra criolla’

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La reciente determinación del juez federal Francisco Besosa sobre la Ley para el Cumplimiento con las Deudas y para la Recuperación de las Corporaciones Públicas de Puerto Rico, tambien conocida como ‘quiebra criolla’, debe ser apelada por la administración de turno, a juicio de la exgobernadora Sila María Calderón.

El estatuto, aprobado en tan sólo 24 horas, permitía manejar las deudas de las corporaciones públicas mediante negociación de sólo una parte de los bonistas. Besosa declaró el viernes en la noche nula la Ley 71 y prohibió al primer ejecutivo, Alejandro García Padilla, ponerla en vigor.

‘Entiendo que el secretario de Justicia (César Miranda) va a examinar la posibilidad de apelar esa decisión. Yo no soy parte del Departamento de Justicia pero a mi me gustaría que se apelara porque el propósito de esa legislación es poder separar las corporaciones públicas, desde el punto de vista financiero, del resto del Gobierno, de la administración pública de Puerto Rico’, indicó la exmandataria este sábado.

NotiCel se comunicó con la presidenta del Banco Gubernamental de Fomento (BGF), Melba Acosta Febo, para que reaccionara a la anulación del estatuto, pero su portavoz, Betsy Nazario, explicó que la institución financiera se acogería a lo que ya había expresado el titular de Justicia.

‘Como indicó César Miranda, se estarán evaluando todos los parámetros de la decisión emitida por el juez Francisco Besosa. A su debido tiempo y luego del examen de rigor, habremos de determinar el curso a seguir’, señaló la funcionaria en declaraciones escritas.

De acuerdo al escrito del juez, la ley no sólo viola la cláusula de supremacía, que establece que las leyes federales van por encima de una ley local que esté en conflicto, sino que viola la cláusula constitucional que prohibe estatutos que violenten obligaciones contractuales y la cláusula que prohíbe al gobierno tomar propiedad privada sin justa compensación, o lo que se conoce como el ‘Taking Clause’.

Besosa examinó la ley federal de quiebras para concluir que sus definiciones expresamente prohiben a Puerto Rico hacer una ley de quiebra local, ya que el estatuto impide a los estados hacer sus propias leyes de quiebras. El juez sostuvo que la definición de ‘estado’ en la ley federal incluye a Puerto Rico y a Washington,D.C., excepto cuando se define quién puede ser deudor para los propósitos de la ley.

Asimismo, el jurista concluyó que la ley federal violenta la cláusula constitucional que prohibe leyes que atenten obligaciones contractuales. Aunque el ELA argumentó que no hay forma de saber que la ley rompa una obligación contractual hasta que alguna agencia la utilice, Besosa dijo que ese argumento no es persuasivo.

Las expresiones de Calderón se dieron en la graduación de sobre 200 mujeres del programa empresarial del Centro Para Puerto Rico, organización que lleva su nombre.

Vea también:

Tribunal Federal anula la ley de ‘quiebra criolla’ (documento)

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