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Cambio de status político por la cocina en caso Casellas

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Cambio de status político por la cocina en caso Casellas

El secretario del Departamento de Justicia, Cesar Miranda, opinó que aunque la decisión del Tribunal de Apelaciones decretó un nuevo juicio al convicto Pablo Casellas, no retrotrae a Puerto Rico a los tiempos de la Ley Foraker sino que tiene el efecto de ‘convertir en mera ley’ la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Miranda también advirtió que la decisión pudiera dar pie a solicitar derechos no autorizados por la Constitución, como tener un gran jurado para validar órdenes de arrestos, interceptar teléfonos, o solicitar jurado para determinar casos civiles.’Por eso es que damos la voz de alarma’, sostuvo.

De sostenerse la decisión, crearía una avalancha de excarcelación de ‘asesinos y convictos de otros delitos cuyos casos por jurado no se hayan decidido por un jurado de manera unánime que estén activos o pendientes de apelación’. Aunque no tenía números exactos, la agencia dijo que cientos de reos podrían solicitar la revocación de sus sentencias.

El Tribunal de Apelaciones resolvió el martes que tras la decisión del Tribunal Supremo en el caso Pueblo v. Sánchez Valle se deduce que aplica a Puerto Rico el requisito federal de unanimidad en el veredicto del jurado en casos penales por lo que aprobó un nuevo juicio a Casellas, quien fue convicto por el asesinato de su esposa, Carmen Paredes, por un jurado en una decisión 11 a 1.

El tribunal intermedio sostuvo la decisión del Supremo local de que Puerto Rico no tiene soberanía dual porque nunca ha ejercido una soberanía primigenia. Luego de la invasión del ejército estadounidense, el Tratado de París estableció que el Congreso tiene poderes plenarios sobre la Isla. Los casos insulares posteriores han establecido que Puerto Rico es un territorio y no parte de Estados Unidos. Luego del establecimiento del ELA, tanto el Congreso como la Rama Ejecutiva siguen diciendo que Puerto Rico es un territorio sujeto a la cláusula territorial. ‘No hubo concesión de soberanía sino delegación de poderes’, dice la decisión al establecer que Puerto Rico es soberano en materias delegadas por el Congreso ‘pero no dejó de ser territorio’.

La agencia sostiene que Puerto Rico, al igual que los otros estados, tiene soberanía separada de los Estados Unidos por virtud del pacto que en 1952 creó la doble soberanía y el ELA.

Miranda indicó que el caso de Pueblo v. Sánchez Valle, el cual está ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, se circunscribió a la aplicabilidad a Puerto Rico de la doctrina de la soberanía dual como excepción a la protección constitucional contra la doble exposición.El Supremo, en ese caso, dijo que una persona convicta por un delito en el Tribunal federal no podía ser llevada a juicio por el mismo delito en un Tribunal estatal porque Puerto Rico no tiene una soberanía separada a la de Estados Unidos al ser un territorio.

El Secretario destacó también que la decisión de Sánchez Valle no habla de juicios por jurado.’La decisión de Sánchez Valle no tiene nada que ver con la aplicabilidad a Puerto Rico de otros derechos constitucionales federales como el derecho a un juicio por jurado. Se equivoca el Tribunal de Apelaciones al indicar que la decisión de Sánchez Valle estableció una nueva norma de derecho que invalida la Sección 11 del Artículo II de la Constitución del ELA que dispone que en Puerto Rico, los veredictos se emiten por mayoría’, dijo. El veredicto 9-3 es la norma que sigue vigente en Puerto Rico y el Tribunal Apelativo está obligado en este caso, sostuvo.

Justiciaplanifica solicitar una reconsideración al Apelativo, y de ser rechazada, tiene 30 días para ir al Supremo, foro que no tendría que revocar a Pueblo v. Sanchez Valle dado el caso que la controversia es una distinta.

Luego de la decisión del Apelativo, Casellas podría solicitar libertad bajo fianza en lo que se ve el nuevo juicio, pero tiene que extinguir una convicción federal de 21 meses de cárcel por emitir declaraciones falsas a agentes federales tras decir que fue víctima de un ‘carjacking’.

Como parte de los argumentos que se presentarán para revocar la decisión del Tribunal Apelativo, Miranda dijo que la cláusula de juicio por jurado de la Constitución federal no requiere ni a los estados ni a Puerto Rico emitir veredictos de culpabilidad por voto unánime. ‘El requisito de unanimidad se aplica únicamente en las cortes federales’, dijo Miranda.

El Apelativo, sin embargo, sostuvo que Puerto Rico no tiene una soberanía separada de los Estados Unidos y que por eso aplica el estatuto federal, según decidido en Pueblo v. Sánchez Valle. Irónicamente, otros paneles del Apelativo habían rechazado la solicitud para un nuevo juicio.

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos verá el caso Pueblo v. Sánchez Valle en enero.

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