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Retiran de sus facultades sacerdotales a cura acusado por actos lascivos

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El arzobispo de San Juan, Roberto González Nieves, anunció el lunes que el sacerdote Jose Antonio Santiago Santos fue retirado de sus funciones sacerdotales luego que fuera acusado por supuestos actos lascivos contra un sujeto que sufre condiciones mentales.

‘He conversado con el Superior de la Orden Religiosa a la cual pertenece el sacerdote. Le indiqué que inmediatamente le quedan retiradas las facultades para ejercer su ministerio sacerdotal en la Arquidiócesis’, dijo González Nieves en una declaración escrita.

De acuerdo con la Policía, Santiago Santos de 54 años quedó libre bajo fianza luego que fuera procesado por supuestamente cometer actos lascivos contra un individuo con condiciones mentales en hechos ocurridos en la Iglesia Espíritu Santo en la urbanización Bella Vista de Bayamón. La alegación la hizo David Cruz Colón, quien es hermano de la víctima de 31 años. El juez Banuchi encontró causa probable para arresto por el artículo 130 de agresión sexual y le impuso al cura una fianza de 50 mil dólares. El acusado pagó la fianza y quedó en libertad supervisada hasta la vista preliminar.

‘Una vez finalizado el proceso civil y el canónico, y dependiendo de sus resultados, se tomará una acción definitiva al respecto. Si el sacerdote resultara culpable en estos procesos, la medida cautelar de suspensión del ejercicio de su ministerio sacerdotal podría ser permanentemente impuesta. Esta medida cautelar no es una pena, ni una adjudicación anticipada de los hechos’, afirmó el líder de la iglesia católica.

Según explicó, la determinación se da al aplicar el Procedimiento de la Conferencia Episcopal para los Casos de Alegada Conducta Impropia que establece que ‘este procedimiento aplicará de manera específica en aquellos casos donde se alegue que un clérigo haya incurrido en un delito de abuso sexual contra menores según legislado en las normas de delitos más graves y modificadas por decisión del Romano Pontífice Benedicto XVI el 21 de mayo de 2010. Se considera menor a quien no ha cumplido dieciocho años o al adulto con uso imperfecto de razón’. (I.A.1.a.)

Además precisó la acción responde a que el sacerdote pertenece a una orden religiosa, en este caso a la Orden de la Santísima Trinidad. El mencionado Procedimiento establece que ‘cuando la denuncia se hace contra un clérigo o religioso (a) que pertenece a un Instituto de Vida Consagrada, Sociedad de Vida Apostólica o Prelatura Personal, el Obispo la referirá inmediatamente al Superior, a no ser que el denunciado se desempeñe en la pastoral diocesana. En todo caso se cumplirá con los requerimientos de la ley civil de dar parte a las autoridades’. (II.B.2)

Finalmente, el arzobispo pidió oración por todas las partes involucradas en este ‘doloroso proceso’. Además, reclamó ánimo a las partes a cooperar con las autoridades.

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