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Junta de Disciplina Médica no apoya propuesta de nueva puntuación mínima para la aprobación de la reválida

La medida pretende ordenarle a la Junta aplicarle la nueva puntuación mínima al examen administrado en julio y diciembre de 2021.

El representante Luis Ortiz Lugo y la presidenta de la Comisión de Salud, Sol Higgins Cuadrado, durante la vista.
Foto: Suministrada

El doctor Ramón Méndez Sexto, presidente de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica (JLDM), se expresó en contra de la medida propuesta para nueva puntuación mínima para aprobar la Reválida de Medicina.

El presidente compareció a la vista pública de la Comisión de Salud en la Cámara de Representantes de Puerto Rico, presidida por la representante Sol Higgins Cuadrado, para atender la Resolución Conjunta de la Cámara 370 (R. C. de la C. 370).

“Por la complejidad del asunto el Estado generalmente delega en juntas examinadoras la facultad de trazar los objetivos de reválidas de profesión. Las juntas examinadoras tienen la responsabilidad de formular el método más adecuado para asegurar la calidad de los que van a tener esa licencia exclusiva concedida por el Estado. Independientemente de cuál es el procedimiento seleccionado, el mismo debe ser confiable, tanto desde el punto de vista científico como de su razonabilidad y aplicabilidad a la profesión reglamentada”, indicó Méndez Sexto.

Esta medida pretende ordenar a la Junta aplicarle la nueva puntuación mínima al examen administrado en julio 2021 y diciembre 2021.

Relacionado a los exámenes que señaló la medida, el doctor aclaró que la Universidad Central del Caribe (UCC) revisó y estableció unos parámetros reales de la reválida.

“Una vez la UCC verificó el examen, se toma la decisión de que cada reválida va a tener su propia evaluación y criterios de aprobación”, explicó el presidente.

De igual manera, el doctor Méndez Sixto reconoció que, a su llegada a la Junta, existían unas deficiencias.

“La Junta no tiene acceso a la reválida por ley. Esta ley no nos permite tocar el examen, así que nosotros no vemos las preguntas, ni las cualificaciones, ni cómo se corrigen. Eso se hace en la UCC, que está autorizado por ley”, señaló Méndez Sixto.

Según la ponencia de Méndez Sixto, la Junta ofrece dos exámenes de reválida al año: para ciencias básicas y ciencias clínicas por escrito en los idiomas español e inglés. Asimismo, estos exámenes se dan mediante la entidad externa, la UCC, que se encarga de la confección, administración y corrección del examen de reválida. Anteriormente, la entidad fue el National Board Medical Examiner (NBME) y la puntuación mínima de pase en 700.

De igual manera, el doctor señaló que la UCC también le informa a la Junta sobre sus evaluaciones psicométricas del examen para que la Junta establezca la puntuación requerida para pasar el examen antes de que se ofrezca.

“La JLDM no puede endosar la R. C. de la C. 370, ya que ni el éxodo de médicos ni el problema del Recinto de Ciencias Médicas con las acreditaciones, ni lo que pasó con el Tribunal Examinador de Médicos hace más de quince años, ni el que se compare incorrectamente el porcentaje de pase de los que aprueban el United States Medical Licensing Examination (USMLE) versus los que pasan el examen de la JLDM, justifica ni guarda relación con el querer aplicar retroactivamente una puntuación del examen de reválida de ciencias básicas y ciencias clínicas de diciembre de 2021 al examen de julio de 2021”, planteó la ponencia de la Junta.

La ponencia reveló que, desde el 10 de junio de 2009 hasta el 13 de diciembre de 2022, en Puerto Rico se han ofrecido 4,825 exámenes de ciencias básicas. De estos 4,825 exámenes, 892 aspirantes han aprobado sus exámenes de ciencias básicas.

Asimismo, la cantidad mencionada de exámenes ofrecidos incluye aquellos tomados por candidatos como única vez y la repetición de estos ante un previo fracaso.

Según lo explicado, las preguntas que se incluyen en cada examen de reválida provienen de un banco de preguntas que se construyen con diferentes grados y pesos de dificultad.

“No conocemos de algún precedente anterior, donde se ordene a una Junta Reglamentadora de una profesión u ocupación, por parte del cuerpo legislativo, aplicar de manera retroactiva la puntuación establecida para aprobar un examen o reválida específica a otro examen o reválida anterior diferente”, sostuvo la Junta.