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¿Debe ser obligatoria la vacuna contra el COVID-19 en el lugar de trabajo?

Conoce qué dicen las leyes

Jaime Sanabria, profesor de Derecho Laboral en la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico.
Foto: Redes Sociales

Con la aprobación de emergencia de dos vacunas para atender la pandemia del coronavirus, cientos de miles de personas esperan con esperanza el regreso a lo que fue su rutina de vida antes de la llegada del COVID-19.

En muchos casos, el retorno de los empleados a los espacios laborales luego de mese en los que se vieron obligados a laborar de forma remota o patronos que quieren asegurarse que su área de trabajo está libre de riesgos de contagio, son parte de esa deseada “normalidad” que, en algunas empresas, podría suceder en algún momento del 2021.

Pero, ¿qué sucede si un patrono exige que todos sus empleados se pongan la vacuna? ¿La ley respalda esa exigencia? ¿Qué derechos tienen los empleados para negarse?

La respuesta no parece estar en blanco y negro y se augura que más de un caso acabará en los tribunales.

Si bien es cierto que para los especialistas de la salud la vacunación masiva que produzca una inmunidad de rebaño representa la forma más rápida de superar la pandemia, existen personas que, por distintas razones, no quieren someterse a ella.

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Para el profesor de derecho laboral de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, Jaime Sanabria, existen leyes federales en las que un patrono puede ampararse para exigir la vacuna, pero, de la misma manera, existen unas excepciones que el empleado puede invocar para negarse.

“Hay mucho desconocimiento sobre qué derechos tiene una empresa y qué derecho tienen los empleados de esa empresa sobre el tema de las vacunas. Desde el punto de vista legal, los patronos deben saber que a la pregunta de si pueden obligar o no a un empleado para que se vacune, la respuesta no es clara ni categórica. Va a depender de la industria y el concepto. Al mismo tiempo, los empleados deben saber que todos tienen unos derechos y unas protecciones contra un patrono que quiera obligarlos a vacunarse”, destacó Sanabria al conversar con NotiCel.

Según explicó, existe una de series de leyes federales que aplican al contexto del empleo que autorizan a los patronos a tomar las medidas que sean necesarias para asegurar la salud de todos los empleados.

Una de esas leyes federales es la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional, (OSHA, por sus siglas en Inglés) que se encarga de regular todas las empresas y decirles que hay unos estándares mínimos de seguridad con las que tienen que cumplir para que sus empleados se sientan seguros en sus trabajos.

Otra ley federal parecida es la Ley para Personas con Discapacidades, conocida como la Ley ADA, que prohíbe la discriminación por razón de impedimentos.

“Esta ley ADA es la que autoriza a un patrono a pedirle a un empleado que se haga un examen médico cuando ese patrono siente la necesidad de corroborar que el empleado puede cumplir con las funciones de su puesto”, recordó el letrado.

“Con la facultad que tienen los patronos bajo esas leyes, también puede estar la facultad de pedirle a un empleado que se vacune, porque la vacuna no deja de ser un tratamiento médico que ese empleado recibe para protegerse él y proteger a los demás”, añadió.

Sin embargo, ese caso específico no está expresado claramente en la ley, lo que podría ser retado ante un tribunal.

“Además los empleados tienen unos derechos que pudiesen decirle al patrono, mis derechos me garantizan que tú no me puedas exigir que me vacune”, subrayó Sanabria.

Explicó que en Puerto Rico la constitución garantiza el derecho a la intimidad y bajo esa premisa, se entiende que incluye la facultad del empleado a tomar decisiones con respecto al tratamiento médico que él quiera recibir.

“Si el empleado quiere vacunarse o no, eso es parte de una decisión muy personal del empleado, un derecho reconocido en la Constitución de Puerto Rico y el patrono, para poder violarle ese derecho, debería tener un interés demasiado importante”, sostuvo.

Agregó, además, que bajo otra ley federal que se conoce como el Titulo VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, si un empleado entiende que vacunarse va en contra de sus firmes creencias religiosas “esgrimidas con sinceridad”, un empleado podría negarse.

“De igual forma, aquellos empleados que son objetores de conciencia, que, por cuestión de valores morales o filosóficos, pudiesen tener un derecho a no ser vacunados”, adelantó Sanabria, quien también es cofundador de la firma Exija SBGB.

Sanabria no descarta que muchos de estos casos terminen dirimiéndose en los tribunales.

“En el pasado, en el contexto de otras vacunas, como la influenza, ha llegado a los tribunales. De surgir la situación, ahora podría pasar lo mismo, sobre todo cuando choque el requisito de obligación con el asunto de las creencias religiosas, por ejemplo”, apuntó el profesor universitario, quien, no obstante, indicó que cada vez más patronos y empleados buscan educarse sobre cuáles son sus obligaciones y derechos para enfrentar esta novel situación.

“Lo importante es que ningún patrono en Puerto Rico debería sentirse que puede obligar a un empleado a vacunarse, a pesar de que se pudiese interpretar que pudieran hacerlo. Deben buscar siempre el consentimiento del empleado para vacunarlos, entrar en una serie de reuniones donde los orienten sobre los beneficios de la vacuna”, sentenció.