 
                 
                            El secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) Edan Rivera Rodríguez informó el sábado que la agencia multó a una compañía por anuncios engañosos.
“En las pasadas semanas hemos recibido múltiples confidencias sobre comercios que, pese a haber asegurado que la mercancía estaría disponible para entrega en pocos días, han tenido a los consumidores esperando por meses, sin comunicarse con ellos e incluso sin explicarles las causas de la demora. No es posible que, a más de un año de la pandemia, algunos comercios aún no hayan identificado las medidas apropiadas para divulgar información que ya no es sorpresiva para ellos; y que a todas luces debería conocer el consumidor antes de realizar una compra”, dijo el secretario en declaraciones escritas.
Según indicó el secretario, uno de los comercios respecto a los cuales más confidencias se han recibido en el DACO es Ikea Puerto Rico, empresa para la cual la agencia determinó que procedía una multa por prácticas y anuncios engañosos. Ello, por anunciar en su página de Internet que la mercadería estará disponible para recogido o entrega entre 3 y 5 días, lo cual no corresponde con las quejas y querellas de los consumidores.
“Nada obliga a los comercios a entregar la mercancía en un tiempo determinado, pero si saben que están experimentando demoras por parte de sus proveedores deberían informárselo a los consumidores, para que puedan decidir si eso es un factor que afectará su compra o no”, puntualizó Rivera Rodríguez.
Por esta razón, se emitió una Carta Circular con advertencias aplicables a toda persona, natural o jurídica, que ofrezca para la venta bienes o servicios en Puerto Rico. La misma hace alusión a prácticas que, bajo la excusa de la pandemia, constituyen una clara violación a los derechos expresamente reconocidos a los consumidores a través de los reglamentos de la agencia.
“Somos conscientes de que el COVID-19 ha generado cambios en todos los niveles. No esperamos, de manera alguna, imponer a los comerciantes obligaciones que les sean imposibles cumplir. Lo único que les exigimos es que respeten el principio básico de informar, de manera clara y adecuada, todo dato o condición que el consumidor deba conocer antes de adquirir el producto o servicio que le ofrecen”, explicó.
La Carta Circular emitida por el DACO resalta que se considera engañoso cualquier anuncio que comunique o tienda a comunicar una idea falsa, confusa o incorrecta, sobre el bien o servicio anunciado, o que omita datos relevantes del producto, bien o servicio, limitando o privando al consumidor de tomar decisiones informadas y conscientes.
“Es incorrecto que por el COVID-19 los comercios no estén obligados a dar vales o rain checks. Nuestras reglas siguen siendo las mismas, y el comercio debe ofrecer esa alternativa si no limitó de alguna manera la oferta realizada. Si hizo la advertencia correspondiente a una cantidad o un tiempo determinado, no aplica la obligación, pero no es a consecuencia de la pandemia, sino porque lo advirtió según lo dispone el reglamento”, enfatizó Rivera Rodríguez.
Añadió que, “en el contexto de la pandemia, entre las prácticas engañosas más frecuentes que hemos identificado durante los pasados meses en el DACO se encuentran ocultar datos relevantes, anunciar bienes que no se tienen disponibles, y anunciar productos como carnada, para atraer al consumidor e intentar venderle otro bien o servicio”.
Todo consumidor que entienda que un comercio ha incurrido en una práctica o anuncio engañoso, puede enviar su confidencia a través de la página www.daco.pr.gov. También puede hacerlo a través del buzón de la página DACO A TU FAVOR en Facebook. Si lo que interesa es que el comercio le provea un remedio, deberá radicar una querella, lo cual puede hacer de modo presencial en cualquiera de las oficinas regionales del DACO, o a través de su página de Internet.
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