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Avanza en la Cámara medida para enmendar la Ley de Condominios

El proyecto fue aprobado por la Comisión sobre los Derechos del Consumidor, Servicios Bancarios e Industria de Seguros.

Un proyecto que enmienda la Ley de Condominios para permitir nuevamente que los Consejos de Titulares contraten los seguros conocidos como “Full Value”, en los que además de los elementos comunes de la propiedad se puedan incluir los bienes privativos de los titulares, recibió el endoso unánime de una comisión cameral.

El proyecto fue aprobado por la Comisión sobre los Derechos del Consumidor, Servicios Bancarios e Industria de Seguros de la Cámara de Representantes que celebró ayer martes una audiencia pública de consideración final de la medida.

La legislación es el P de la C 670, que tiene como objetivo proclamado enmendar el ártículo 62 de la mencionada Ley para estipular que el Consejo de Titulares pueda incluir los elementos privativos de los apartamentos en el seguro para las áreas comunales y facultar a la Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico a atemperar el reglamento y la carta normativa para el cumplimiento de esta Ley.

En su exposición de motivos se indica que actualmente las pólizas maestras de los condominios son de una categoría conocida como “barewalls”, donde los Consejos de Titulares no son responsables de adquirir pólizas para proteger bienes privativos de cada apartamento. Esta nueva póliza, explican, solo protege los elementos comunes y procomunales del condominio, como la piscina, el gimnasio y las fachadas. Y dentro de cada apartamento, sólo asegura las paredes.

“Entendemos que la decisión de incluir o no la propiedad privativa en la póliza maestra debe recaer sobre el Consejo de Titulares, ya que al implementarse los cambios de la Oficina del Comisionado de Seguros las propiedades privativas podrían quedar desprovistas de un seguro y de llegar a ocurrir algún desastre natural los condominios quedarían arruinados y devaluados”, indican.

Dispone entonces la legislación que “Con el voto de la mayoría, el Consejo de Titulares podrá asegurar contra riesgos el inmueble para cubrir las áreas comunes generales, procomunales y limitadas de éste, así como otros riesgos no relacionados a la propiedad privada de los titulares, para beneficio común de los titulares.Cuando se requiera por reglamentación federal y/o estatal, por el voto unánime de los titulares, por disposición expresa en su reglamento o por el voto de dos terceras (2/3) partes de todos los titulares, el Consejo de Titulares deberá adquirir pólizas para asegurar las áreas comunes generales, procomunales y limitadas de éste, incluyendo los elementos privativos originales, adheridos a la estructura. En caso de no aprobarse la adquisición de la cubierta para los elementos primitivos originales, los titulares podrán asegurar por su cuenta y para beneficio propio su apartamento respectivo”.

Agrega el proyecto que el titular que tenga un seguro particular para su apartamento, o que haya saldado su hipoteca, no queda exonerado de pagar la parte proporcional de cualquier seguro comunal adoptado por el Consejo de Titulares.

Se responsabiliza además a la Junta de Directores solicitar al corredor de seguros un mínimo de tres (3) cotizaciones para cada renovación anual y mantener evidencia de las mismas por un periodo mínimo de tres (3) años, así como también mantener la evidencia del rechazo a cotizar de cualquier aseguradora, si alguna que así lo haya expresado. Dicha evidencia deberá estar disponible para la revisión de cualquier titular que así lo solicite.

Entre las enmiendas que se hicieron a este proyecto, y que fueron aprobadas también ayer, figura que “el tipo de póliza que decida adquirir el Consejo de Titulares, no afectará ni restringirá de forma alguna el derecho de los titulares de asegurar por su cuenta, y para beneficio propio, su propiedad privada y los elementos privativos de su apartamento”.

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También, se agregó a la propuesta original que “el titular que tenga un seguro particular para su apartamento, o que haya saldado su hipoteca, o que haya votado en contra de la decisión de dos terceras (2/3) partes del Consejo de Titulares de adquirir una póliza que asegure las áreas comunes generales, procomunales y limitadas de este, incluyendo los elementos privativos originales adheridos a la estructura, no queda exonerado de pagar la parte proporcional de cualquier seguro comunal adoptado por el Consejo de Titulares”.

“Este proyecto de ley surge por la cantidad de reclamos de los ciudadanos por la problemática de tener limitadas sus opciones al momento de escoger un seguro para su condominio y el aumento de costo que esto representa”, sostuvo la presidenta de la Comisión, Estrella Martínez Soto durante la consideración del mismo.

La medida, que es de la autoría del presidente de la Cámara Rafael Hernández Montañez y la representante Estrella Martínez Soto, pasa ahora al pleno del cuerpo de la Cámara con un informe positivo de la Comisión, recomendando su aprobación.