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Presentan en Tribunal Federal orden de acuerdo provisional sobre el vertedero de Toa Alta

El Departamento de Justicia de los Estados Unidos y la EPA se unieron en esta acción que exige a ese municipio atender la situación de graves problemas ambientales.

La orden requeriría que Toa Alta deje de recibir residuos sólidos, cubra las áreas expuestas del vertedero y ponga en marcha planes para administrar las aguas de escorrentías y los lixiviados (los líquidos contaminados que fluyen desde el vertedero).
Foto: Archivo/NotiCel

La Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA, por sus siglas en inglés) y el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) anunciaron hoy la presentación de una orden de acuerdo provisional que exige que el Municipio de Toa Alta tome una serie de acciones inmediatas para atender los problemas ambientales graves que tiene su vertedero.

Según informó la EPA en un comunicado de prensa, la orden, que necesita la aprobación de un juez federal, refleja la colaboración de esa agencia y el DOJ que buscaron el insumo de las comunidades afectadas por el vertedero durante una reunión pública el 23 de febrero de 2022. La orden de acuerdo provisional requerirá varias medidas inmediatas por parte del Municipio para atender las preocupaciones urgentes de salud humana y ambientales en el vertedero. En particular, la orden requeriría que Toa Alta deje de recibir residuos sólidos, cubra las áreas expuestas del vertedero y ponga en marcha planes para administrar las aguas de escorrentías y los lixiviados (los líquidos contaminados que fluyen desde el vertedero).

"Esta orden de acuerdo provisional refleja los esfuerzos del gobierno para integrar la participación y el insumo de las comunidades que han sufrido demasiado tiempo debido a este vertedero mal administrado", señaló la administradora regional Lisa F. García. "Esta orden, que el Municipio ha aceptado, requiere que el Municipio tome medidas concretas para mejorar inmediatamente las condiciones del vertedero. Ya se están haciendo progresos, y la EPA continuará trabajando con el Departamento de Justicia, el gobierno de Puerto Rico y el Municipio para asegurarse de que estas mejoras se implementen a fin de garantizar la protección de la salud pública y que el eventual cierre permanente de este vertedero se realice correctamente", agregó.

Específicamente, la orden de acuerdo provisional requerirá que el Municipio de Toa Alta:

- Proporcione acceso inmediato y sin obstáculos al vertedero a la EPA y al gobierno de Puerto Rico

- Se asegure de que todas las áreas de residuos expuestos se le aplique cubierta diaria (un término definido en la orden propuesta).

- Se detenga el depósito de residuos sólidos en el vertedero, con posibles excepciones si se permite o se requiere como parte de un plan de cierre permanente revisado para el vertedero preparado de acuerdo con la reglamentación de Puerto Rico y aprobado por el DRNA.

- Instale letreros en español e inglés que indiquen que el vertedero está cerrado.

- Estabilice el área de la ladera norte mediante la implementación de control de aguas de escorrentía y otras medidas.

-Cubrir el relleno sanitario con "cubierta intermedia" a razón de un acre por período mensual durante el primer año que comienza el 1 de octubre de 2022, y dos acres al mes a partir de entonces hasta que se haya cubierto todo el vertedero.

- Desarrolle un plan de manejo de lixiviados para el 1 de octubre de 2022 y lo implemente.

- Desarrolle un plan de manejo de aguas de escorrentía para el 1 de enero de 2023 y lo implemente.

Vea:

Gobierno federal pide el cierre del vertedero de Toa Alta

Gobernador presentará nuevo plan para el manejo de todos los vertederos

La orden también incluye los requisitos de informes que el Municipio de Toa Alta debe someter para que la EPA pueda continuar la supervisión y mantener a la comunidad informada de los acontecimientos en o con respecto al manejo del vertedero.

En el comunicado de la EPA se señala también que el Municipio de Toa Alta ha estado operando su vertedero de residuos sólidos desde 1966. La mayor parte del vertedero no tiene un revestimiento protector inferior y, por lo tanto, se considera un "vertedero abierto". Las regulaciones requieren que todos los vertederos abiertos se cierren para 1998 y que todos ellos sean operados adecuadamente, incluyendo la cobertura diaria e intermedia, la recolección de lixiviados y los controles de gases y aguas de escorrentía de los vertederos. En Puerto Rico, el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales es directamente la agencia responsable de exigir el cumplimiento de las reglamentaciones sobre de vertederos. Al mismo tiempo, la EPA tiene facultades separadas a fin de atender los riesgos inminentes para la salud pública y el medioambiente en los vertederos.

En febrero de 2021, el Departamento de Justicia presentó una denuncia en el Tribunal Federal contra el Municipio de Toa Alta en nombre de la EPA, alegando que las condiciones en el vertedero constituyen un "peligro inminente y sustancial". En julio de 2021, el Departamento de Justicia presentó una solicitud para que el Tribunal Federal emitiera una orden exigiendo que Toa Alta atendiera inmediatamente varios problemas urgentes en el vertedero. En septiembre de 2021, el DRNA presentó una orden administrativa contra Toa Alta. Finalmente, en octubre de 2021, el DRNA anunció un plan para atender el cierre de vertederos en Puerto Rico, incluido el de Toa Alta.

De febrero a marzo de 2022, la EPA y el DOJ procuraron obtener comentarios públicos de los residentes para recibir las opiniones y recomendaciones sobre los posibles términos de una orden de acuerdo provisional antes de finalizar las negociaciones con el Municipio. La EPA organizó una reunión pública en Toa Alta el 23 de febrero de 2022, que incluyó a representantes de la EPA, el DRNA, el DOJ y el Alcalde de Toa Alta.

Desde entonces, el Municipio ha informado a la EPA y al DOJ que ha dejado de depositar residuos sólidos en el vertedero desde abril de 2022, y a partir de junio continúa tomando medidas para cumplir con los términos de la orden judicial preliminar propuesta antes de la presentación oficial de la orden ante el Tribunal.