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''No ha lugar'' petición de inhibición de jueza que atiende caso de hermano de Arcángel

Según el dictamen, la jueza Nerisvel Durán Guzmán no actuó ''con perjuicio o parcialidad''.

La jueza Ladi V. Buono de Jesús declaró ''No ha lugar'' la petición del Ministerio Público para que la también magistrada Nerisvel Durán Guzmán se inhibiera de atender la vista de supresión de evidencia en el caso contra Mayra Enid Nevárez Torres, acusada de ser responsable de la muerte de Justin Santos Delanda, hermano del artista urbano Arcángel, en un accidente de tránsito.

''En el presente caso no surge prueba alguna de que la Jueza Durán Guzmán haya actuado con prejuicio o parcialidad según le fuere imputado por el Ministerio Público en su solicitud. Por tanto, concluimos que sus expresiones no la inhabilitan para atender y adjudicar el asunto ante su consideración", dicta la sentencia.

Los fiscales que atienden el caso habían solicitado la inhibición de la jueza Durán Guzmán basado en expresiones que hizo la jueza sobre la presentación de documentos relacionados con el informe del perito del Instituto de Ciencias Forenses durante la vista de supresión de evidencia el pasado jueves.

Según trascendió en la vista, los documentos que fueron presentados no estaban ordenados y además tenían marcas adicionales que no aparecían en el documento originalmente entregado al tribunal y a la defensa.

Fue en un momento en que la jueza Durán Guzmán llamó a las partes a acercarse para discutir el asunto que presuntamente se le escuchó decir en más de una ocasión que la presentación del informe era “una chapucería”.

En su moción, los fiscales alegaron que la jueza ''pasó prematuramente juicio sobre el carácter y profesionalismo del testigo perito sin que éste se haya sentado a declarar''.

Sin embargo, en su resolución de diez páginas, Buono de Jesús destacó que, según ha expresado el Tribunal Supremo, ''cualquier imputación de prejuicio o parcialidad debe estar fundamentada en cuestiones personales, serias y que no estén enmarcadas en trámites judiciales. Es decir, debe surgir de una actitud originada extrajudicialmente en situaciones que revistan''.

''Ante la ausencia en el récord de actitud alguna por parte de la Jueza Durán Guzmán originada de manera extrajudicial y habiendo utilizado el término chapucería dentro del contexto judicial, conforme al derecho aplicable en estos casos, es forzoso entonces concluir que dichas expresiones constituyen un juicio valorativo sobre el documento y no un prejuicio o parcialidad de su parte según le fuese imputado por el Ministerio Publico", concluyó Buono de Jesús en su resolución.

Se espera que la vista de supresión de evidencia continúe el próximo 30 de enero.

Los hechos de este caso se remontan al 21 de noviembre del 2021. Nevárez Torres conducía a eso de las 2:35 a.m, en contra del tránsito en un Hyundai Tucson sobre el Puente Teodoro Moscoso cuando impactó otros vehículos de motor y un Can-Am, en el que viajaba Santos Delanda junto a Keven Monserrate Gabdía, un amigo que resultó herido en el accidente.

La imputada, según la Uniformada, tenía .29% de alcohol en su organismo al momento de los hechos.

La defensa intenta que se suprima la prueba de alcohol que se le administró a la acusada por entender que no se llevó a cabo el debido proceso y también porque supuestamente su firma fue falsificada.

En caso de que el tribunal acogiera el reclamo de la defensa y no permitiera la prueba de alcohol como evidencia, la pena a la que se expondría Nevárez Torres podría ser menor a la que originalmente se expondría de haberse incluido (aproximadamente 15 años de prisión), ya que no procedería uno de los cargos en su contra, manejar en estado de embriaguez.

Justicia ''No está conforme''

Por su parte, el secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández expresó su inconformidad con la determinación de la jueza Buono de Jesús y adelantó que evalúan ''los próximos pasos a seguir.

''El Departamento de Justicia no está conforme con la determinación de la jueza Ladi V. Buono De Jesús al declarar sin lugar la petición sobre inhibición que presentó el Ministerio Público para descalificar a la jueza Nerisvel C. Durán Guzmán en el caso contra Mayra E. Nevárez Torres por la muerte de Justin Santos Delanda", expresó Emanuelli Hernánez en declaraciones escritas.

Es la postura del Departamento de Justicia que las expresiones de la jueza Durán Guzmán demuestran que prejuzgó la capacidad de un perito de la Fiscalía, sin haberlo escuchado ni conocer la naturaleza de su testimonio. Apoyamos completamente la labor que están realizando nuestros fiscales. Por lo que el Departamento de Justicia se encuentra evaluando los próximos pasos a seguir'', destacó.

Vea aquí la resolución:

PDF: Resolución Juez Buono.pdf