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Economía

Medida propone mediar controversias por cuotas de mantenimiento en comunida

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El representante Jose Alberto Banchs Alemán radicó el jueves el proyecto de la Cámara 858, el cual busca que las asociaciones o juntas en urbanizaciones cerradas tengan por obligación que utilizar el mecanismo de la mediación antes de someter cualquier reclamación judicial relacionado al cobro de las cuotas de mantenimiento.

La medida establecería que previo a cualquier reclamación judicial se deberá someter el asunto a través del Programa de los Centros de Mediación de Conflictos de la Rama Judicial, si el deudor moroso desiste por escrito a que la controversia se vea ante un mediador se podrá iniciar la reclamación por la vía judicial.

‘Estamos convencidos de la necesidad de someter estas reclamaciones al proceso de mediación como medida para fomentar la convivencia social y evitar al máximo controversias judiciales entre vecinos. También, esto alivia la carga a pagar para nuestra gente. No se debe llegar al Tribunal para este tipo de cosa, si existe un mecanismo como la mediación’, señaló el representante por Ponce en declaraciones escritas.

La Sección 11 de la Ley 21-1987, dispone que el Consejo, Junta o Asociación de Residentes está facultada para imponer una cuota para cubrir los costos y gastos de instalación, operación y mantenimiento del sistema de control de acceso, incluyendo los salarios o jornales del personal contratado. Asimismo, está facultada para cobrar dicha cuota y reclamar la deuda a un propietario por este concepto por la vía judicial.

También establece que el propietario que esté en mora será requerido de pago mediante correo certificado con acuse de recibo y de no efectuar el pago en el plazo de 15 días a partir del recibo de la notificación por correo certificado se le podrá exigir el pago por la vía judicial, en cuyo caso el tribunal impondrá al deudor moroso el pago de costas y honorarios de abogado.

Según explicó Banchs Alemán, es de notar que la propia ley promueve la reclamación judicial de las cantidades adeudadas sin tomar en consideración que las juntas son administradas por lo general por los propios vecinos de la persona a quien se le reclama.

‘Mediante la mediación se promueve que las partes en conflicto traten de llegar a un acuerdo satisfactorio que le ponga fin a la controversia. Las partes no acuden al mediador para que éste les resuelva el problema, su intervención va dirigida a facilitar la comunicación entre ellos. En el caso de urbanizaciones con accesos controlados donde surgen controversias por la falta de pago de cuotas de mantenimiento la mediación es un vehículo apropiado para lograr un acuerdo entre las partes en controversia’, agregó el legislador del Partido Nuevo Progresista.

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