Organización Aborto Libre Puerto Rico repudia expresiones de la secretaria de Justicia
La ALPR denunció y rechazó enérgicamente las declaraciones de Lourdes Lynnette Gómez Torres, y las calificó como un acto irresponsable, con carencia de fundamento legal y contrario al ordenamiento jurídico vigente.
La organización Aborto Libre Puerto Rico (ALPR) le salió al paso el martes a la postura de la novel secretaria del Departamento de Justicia, Lourdes Lynnette Gómez Torres, quien se reafirmó en su posición de que la práctica del aborto en Puerto Rico es ilegal, exceptuando si la paciente se practicó o tiene planes de practicarse un aborto por asuntos médicos.
La controvertible posición de la secretaria, es que bajo el marco legal vigente que regula el aborto en Puerto Rico y está contenido en los artículos 98, 99 y 100 del Código Penal, no hay más excepciones para justificar la práctica del aborto que no sea por asuntos médicos.
La ALPR denunció y rechazó enérgicamente las declaraciones de Gómez Torres, y las calificó como un acto irresponsable, con carencia de fundamento legal y contrario al ordenamiento jurídico vigente.
“El estado de derecho en Puerto Rico sobre el aborto NO ha cambiado. El aborto sigue siendo legal, seguro y accesible, y se practica conforme a derecho en clínicas médicas debidamente reguladas por el Departamento de Salud. El exsecretario de Justicia, Domingo Emanuelli, realizó un análisis de las disposiciones vigentes en Puerto Rico y afirmó que la revocación de Roe v. Wade no alteró el marco legal puertorriqueño, ya que la política pública con respecto a este derecho responde a la Constitución de Puerto Rico y no a decisiones federales sobre ese tema", expresó Rosa Seguí, portavoz de ALPR.
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"Es menester señalar que el estado de derecho no cambia por el hecho de haber un cambio de administración. Nuestros derechos permanecen precisamente para protegernos contra cambios arbitrarios de postura de gobiernos que atentan contra nuestra dignidad. Los artículos del Código Penal de Puerto Rico relacionados al aborto datan de la década del 1930 y únicamente penalizan el aborto forzado o realizado fuera del contexto médico. No es delito el aborto practicado por personal médico autorizado dentro de la relación médico-paciente para proteger la salud o la vida de la paciente. Pretender lo contrario es una tergiversación peligrosa, anti-jurídica e impropia de una alta funcionaria como lo es la Secretaria de Justicia”, continuó.
En tanto, otra de las portavoces de la ALPR, Patricia Otón, indicó que “la salud, según definido por la Organización Mundial de la Salud y reconocido por el Tribunal Supremo de Puerto Rico desde 1980, incluye no solo la salud física, sino también la mental y social. El criterio médico es el único que debe prevalecer para evaluar qué constituye un riesgo para la salud de una persona gestante, no la opinión ni ideología de la Secretaría de Justicia ni de la Asamblea Legislativa”.
Tanto Seguí, como Otón y otras voces de la ALPR, también indicaron que entienden que existe una campaña de desinformación que busca infundir miedo, crear incertidumbre y obstaculizar el ejercicio de derechos fundamentales incluyendo acceder a servicios de salud esenciales, e indicaron que la secretaria de Justicia no puede —ni debe— actuar como ente fiscalizador de decisiones clínicas legalmente protegidas, y mucho menos desde una posición de poder institucional que debería garantizar justicia, perseguir y estigmatizar.
“La Constitución de Puerto Rico protege el derecho a la intimidad, la autonomía corporal, la dignidad y la igualdad. Estos derechos impiden que el Estado interfiera en las decisiones privadas sobre tratamientos médicos, incluyendo el aborto. Esta protección constitucional se extiende incluso al derecho de una persona a rechazar tratamiento médico. Por tanto, resulta jurídicamente insostenible y socialmente irresponsable que una funcionaria pública promueva la persecución de decisiones tomadas dentro del ámbito legal y médico”, sostuvo Yanira Reyes Gil, también miembro de la organización.