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Gobierno

Héctor O’Neill impugnará multa administrativa de $8,500

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Ética Gubernamental concluyó que el exalcalde ofreció información incompleta de una deuda por una transacción confidencial con una exempleada del ayuntamiento.

El exalcalde de Guaynabo, Héctor O’Neill García, impugnará la multa administrativa de $8,500 impuesta por la Oficina de Ética Gubernamental (OEG) por ofrecer información incompleta en sus estados financieros relacionada a una deuda de una transacción confidencial con una exempleada del ayuntamiento.

El licenciado Harry Padilla Martínez adelantó ayer a NotiCel que solicitará una revisión de la sanción.

En la resolución del 2 de septiembre, el subsecretario ejecutivo Aniano Rivera Torres señaló que el exalcalde violó el artículo 5.6 de la Ley de Ética Gubernamental por negarse a ofrecer información detallada que la agencia requirió en varias ocasiones relacionada a los estados financieros del 2016 y 2017.

La agencia aseguró que O’Neill García no completó los encasillados correspondientes al importe, balance y total de pago anual de la mencionada deuda, que identificó en los informes como un acuerdo confidencial. Por ejemplo, en el informe financiero de 2016 enumeró transacciones de dos préstamos por las cantidades de $75,000 y $132,700, pero no desglosó la deuda.

“El querellado adujo que la OEG pretendía que divulgara la información contenida en una transacción extrajudicial y confidencial otorgada ante el Equal Employment Opportunity Commission. Sostuvo, entre otros aspectos, que proveyó la información suficiente sobre los asuntos requeridos, conforme a la Ley de Ética Gubernamental», según el Informe de la Oficial Examinadora que acompañó la resolución.

El informe también consignó que fue el propio alcalde quien incluyó la existencia de la deuda en los estados financieros del 2016 y 2017 y que era su obligación legal proveer la totalidad de la información solicitada.

«Le correspondía al querellado evaluar todas las implicaciones legales de su acuerdo con la señora (nombre borrado) previo a otorgarlo. Una transacción extrajudicial no puede tener el alcance de evadir una obligación legal, so pena de que el incumplimiento de la ley podría exponer al querellado, a su vez, al incumplimiento de la confidencialidad de un acuerdo privado”, sostiene la oficial examinadora Cristina Vélez del Toro.

En el informe, la oficial examinadora no mencionó que la señora del acuerdo era una empleada municipal. La OEG también ennegreció a lo largo del informe todos los apartados que incluían el nombre y apellido de la mujer que alcanzó el acuerdo económico con el exalcalde.

Vélez del Toro también consignó que la OEG no requirió copia del contrato, ni información sobre los términos, cláusulas y condiciones.

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