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juicio

¿Cuál es el issue con el NVR de Villa Marina y por qué es importante en el caso de Jensen Medina?

La defensa sostiene que las imágenes prueban quién fue quien dio el primer empujón, lo que es importante en un caso de asesinato en primer grado.

Jensen Medina Cardona, su abogado Jorge Gordon Menéndez y los padres del acusado del asesinato de Arellys Mercado Ríos.
Foto: Archivo/NotiCel

La insistencia de la defensa de Jensen Medina Cardona en la desestimación de los cargos por ley de armas y el asesinato de Arellys Mercado Ríos ha estado fundamentada en que alegadamente se le privó de un derecho fundamental al ocultar la existencia de un sistema NVR, o network video recorder- que no es otra cosa que un sistema de vigilancia con imágenes digitales.

De acuerdo a la defensa, encabezada por el licenciado Jorge Gordon Ménendez, al momento de que la jueza Gema González Rodríguez declaró sin lugar la primera moción de desestimación de cargos contra su cliente, el análisis del NVR por parte de su perito continuaba, dada la complejidad que acarrea el sistema.

Pero más allá de las alegaciones de ocultamiento de evidencia, la defensa de Medina Cardona esbozó tres puntos en una nueva moción de desestimación de cargos- también declarada no ha lugar- en la que argumenta que el Ministerio Público le entregó a la defensa tan sólo las imágenes correspondientes a dos o tres cámaras de seguridad de Villa Marina, a pesar de que el NVR contiene las grabaciones capturadas por más de 20 cámaras alrededor de Villa Marina.

Lo anterior, argumentaron, afectó la preparación de la defensa y su habilidad para impugnar testigos.

La defensa levantó el argumento, además, de que la calidad de los vídeos que le fueron entregados y utilizados como prueba de cargo presentan una degradación de alrededor de un 20% al ser comparados con las grabaciones que obran en el NVR. Es en este punto en el que la defensa entiende haber sido privada de la mejor evidencia extraída y presentada directamente del NVR en sala.

“De la versión mejorada del NVR, observada por el perito de defensa, puede observarse la escena de los empujones con marcado detalle, muy superior al del vídeo con el que fue confrontado la testigo en sala, al punto que puede observarse en detalle quién fue la persona que propinó el primer empujón”, lee la moción.

Con ese argumento, la defensa alegó que hubieran estado en posición, “con toda certeza”, de “establecer que los hechos ocurridos antes del disparo fueron distintos a los relatados por los testigos de cargo, lo que hubiera resultado, como mínimo, en un fallo más favorable al acusado, al tomar en consideración que se le acusa de asesinato en primer grado”.

Esto sostiene el análisis de muchos de que la defensa de Medina Cardona busca eliminar el asesinato en primer grado y que el caso sea visto, en el peor de los casos, como uno de súbita pendencia, es decir, como resultado de un arrebato de cólera por haber sido atacado primero y no un asesinato premeditado y con intención. El asesinato en primer grado puede resultar en una cadena perpetua mientras que la súbita pendencia tiene una pena de 15 años.

Al momento, los testigos de cargo han expresado que la víctima no empujó al acusado sino que "se lo quitó de encima".

Además, la defensa argumentó en su pedido de desestimación de cargos que durante el juicio en su fondo surgió evidencia de que aparte del NVR, en Villa Marina también existía un sistema de cámaras de seguridad análogo, DVR, que no fue preservado por el Ministerio Público.

Todos estos elementos, según la moción, hacen del NVR una pieza fundamental “en una eventual determinación judicial de no culpable o de culpabilidad por un delito menor al imputado”.

El juicio contra Medina Cardona continúa hoy luego de un traspié de la fiscalía que entendía que habían sido citados para una vista de estatus y no para la continuación del juicio, por lo que no tuvo testigos en sala. Además, ayer, la defensa de Medina Cardona, además, presentó una moción urgente solicitando que se revise la supervisión electrónica del acusado de manera que pueda trabajar de lunes a sábados de 8 de la mañana a 6 de la tarde en el negocio de cerrajería que es de su propiedad.

La flexibilidad solicitada indica que además de trabajar en en el establecimiento, Medina Cardona estaría realizando trabajos a domicilio alrededor de la isla.

Egresada de la Universidad de Puerto Rico. Periodista con 23 años de experiencia en los medios de comunicación. Mamá de Manu, portavoz de la adopción de niños grandes y creadora de #primerizayqué