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Junta Fiscal

Jueza determina que $2,388 millones es lo más que podrían cobrar bonistas de AEE

Después de aquilatar los testimonios periciales de las partes, la jueza en la quiebra de la AEE fijó que los bonistas podrían recobrar una cantidad cerca de lo que la Junta Fiscal les acaba de ofrecer.

Jueza Laura Taylor Swain.
Foto:

Los acreedores de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) recibieron el segundo golpe mortal en solo tres días a sus intenciones de recobrar toda la deuda que tienen con la corporación pública.

Después de que el viernes pasado la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) emitiera un plan fiscal nuevo para la corporación pública que fija en cerca de $2,500 millones lo que se le podría repagar a los bonistas, la jueza Laura Taylor Swain fijó el lunes que la reclamación de los bonistas vale $2,388 millones. Esto es una cuarta parte de la deuda que los bonistas reclaman y que en todo momento han sostenido que pueden recobrar si se les permite recurrir al derecho que tienen de pedir la designación de un síndico que administre la AEE con el propósito de repagar a los bonistas.

El anuncio de la junta el viernes y la decisión de la jueza hoy son dos eventos paralelos que se manejaron por separado, pero que desembocan en lo que se espera sean enmiendas al Plan de Ajuste de Deuda (PAD) para fijar el repago. “El tribunal estima el valor económico, a la Fecha de Estimación, de ese flujo futuro de pagos al determinar el valor estimado de la Reclamación No Asegurada sobre Ingreso Neto. Ese estimado constituirá la cantidad operativa de la reclamación para propósitos de estos procesos de Título III”, consignó la jueza en referencia al caso de quiebra de la AEE que preside.

La Junta ha dicho que pretende someter su plan enmendado para el 14 de julio y que entiende no habría que pasar por un proceso formal de verificar si los bonistas aceptan las enmiendas porque, si no aceptaban el plan cuando les ofrecía $5,680 millones, menos aceptarán uno que les ofrece la mitad. Si la jueza acepta es razonamiento, la discusión del PAD quedaría donde mismo estaba antes del nuevo plan fiscal, a la puerta de la vista de confirmación para que la jueza emita su decisión final sobre el mismo. Los bonistas entienden que pueden cobrar los $8,477 millones que se le deben.

La posición en la que los acreedores se encuentran hoy es resultado de los eventos de los últimos días, pero esa posición comenzó a desmoronarse en marzo pasado, cuando Swain determinó que su deuda no está garantizada por todo ingreso presente y futuro de la AEE, sino que solo está garantizado por lo que esté depositado en ciertos fondos especiales dentro del presupuesto de la corporación pública a donde el dinero llega después de que se han pagado otros gastos. Lo que no esté ahí, sería una deuda no asegurada que los bonistas tienen que salir a cobrar con los métodos que tengan a la mano, como el del síndico.

Pero en su decisión de hoy, la jueza adoptó la metodología del perito de la JSF, así como los argumentos del ente fiscal, sobre las distintas dificultades que enfrentaría un síndico para poder cobrar a la luz de las leyes de Puerto Rico, del hecho de que la tarifa de energía siempre tiene que ser “justa y razonable” y de la capacidad de los poderes constitucionales políticos para intervenir una vez la deuda esté fuera del proceso de quiebra.

De hecho, la jueza comentó que, en algunos aspectos, se quedaron cortos de lo cuesta arriba que sería la labor del síndico y las “tareas hercúleas” que tendría de frente. Señaló que el mismo perito que presentaron los bonistas fue un síndico que no pudo usar una varita mágica para evitar que una corporación pública de agua potable en Alabama pudiera imponer tarifas para levantar dinero y evitar una quiebra.

“La falla de tomar en cuenta contingencias que pueden impedir el cobro socava todas las proyecciones de los bonistas… el tribunal tampoco encuentra creíble la hipótesis de los bonistas de que un síndico inmediatamente hubiera podido revolucionar la AEE y alcanzar sinergías nunca antes vistas”, argumentó Swain. “[E]l riesgo no es solamente que los pagos a los bonistas puedan ser proscritos, el riesgo es también que, por razones legales y legítimas, no se generen ingresos netos (para pagar la deuda)”, añadió en referencia a legislación vigente, pero en suspenso por el proceso de quiebra, que pudiera poner límites a la cantidad de deuda que pueda pagar la AEE.

Swain también decidió que la ley que aplicaría en la designación de un síndico sería la de Puerto Rico, no la de Nueva York, que la proyección adecuada sería calcular un periodo de recobro de solo 50 años y que el Negociado de Energía mantendría su facultad legal para ser la última palabra en cuanto a aumentos de tarifa e imposición de cargos.

La jueza no ha permitido a los bonistas recurrir al Tribunal de Apelaciones con relación a su decisión de marzo pasado, por lo que se espera que, si se confirma un ajuste de deuda, estos pedirán la revisión de ese foro no solo sobre el ajuste sino sobre la decisión que no les garantiza toda su deuda.

PDF: Sentencia Swain sobre estimación de deuda en la AEE.pdf

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Periodista y abogado con 25 años de experiencia. Cofundador, o miembro de los equipos fundadores, de NotiCel, el Centro de Periodismo Investigativo, Red 96, Primera Hora y El Nuevo Día Interactivo.