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Buscan imponer c�rcel a funcionarios que incumplan durante desastres

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Hay que enmendar Código Penal

El representante Jose Enrique Melendez presentó una medida legislativa con el fin de enmendar el ‘Código Penal de Puerto Rico’, y tipificar como delito grave con una pena de reclusión de cinco años, el incumplir con el deber impuesto por ley o reglamento durante una declaración de desastre de emergencia y que por dicho incumplimiento se afecte la distribución de suministros y alimentos para la población.

Para el legislador Melendez los sucesos ocurridos recientemente con los almacenes pertenecientes al Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres atentaron contra la seguridad y bienestar del pueblo.

‘Lamentablemente, todos fuimos testigos del vergonzoso suceso del almacen ubicado en la Guancha en Ponce, en donde se hallaron catres, baterías, cajas de aguas expiradas y hasta toldos de FEMA. Los suministros no se entregaron ni se movilizaron a los municipios que fueron afectados por los eventos sísmicos en el sur de la isla. No se activó un plan inmediato para asistir y atender la situación. Ya es hora de que en Puerto Rico las personas que le fallan a nuestro pueblo desde la dirección de agencias de gobierno comiencen a pagar las consecuencias por sus acciones irresponsables’, dijo Melendez.

‘Tanto en la ley local, como la ley federal, existen disposiciones relativas a la forma y manera de atender un evento de desastre, ya sea causado por la naturaleza o por el propio hombre. Incumplir con los planes y las guías elaboradas a esos fines, lacera la seguridad de los ciudadanos, y, por tanto, debe ser una conducta repudiada y penalizada severamente’, agregó.

De acuerdo con el representante, cuando los funcionarios y empleados del Gobierno de Puerto Rico juramentan a su cargo, aceptan cumplir con la Constitución de los Estados Unidos, y con la Constitución y leyes de Puerto Rico, por lo que existe una obligación por parte de los jefes de agencia de ejecutar las funciones de su cargo, conforme el ordenamiento legal y jurídico que prevalece.

‘Por lo tanto, el proveer la más pronta prestación de los servicios esenciales para cubrir las necesidades de nuestros ciudadanos, es parte de los deberes ministeriales del Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres’, afirmó.

Según expresa la exposición de motivos de la medida ‘El incumplimiento manifiesto de no distribuirse, en el momento que se ameritaba, una serie de suministros destinados a damnificados por un desastre natural, requiere nuestro más energico rechazo e indignación, por lo que se propone enmendar el ‘Código Penal de Puerto Rico’, a los fines de tipificar como delito grave que conllevará una pena de reclusión por un termino fijo de cinco (5) años, el incumplir con el deber impuesto por ley o reglamento o con la obligación del cargo o empleo y, como consecuencia de tal omisión o descuido, durante una declaración presidencial de desastre o de emergencia o una declaración de estado de emergencia o desastre promulgado por el Gobernador de Puerto Rico, mediante una Orden Ejecutiva, se afecte la distribución de suministros y alimentos para la población’.

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