Medida para sancionar a quienes desobedezcan órdenes ejecutivas espera por la firma de la gobernador
Las sanciones podrían ir de seis meses de cárcel, una multa que no excederá $5 mil o ambas penas, a discreción del tribunal.
En medio de la pandemia del COVID 19 y en el comienzo de la temporada de huracanes, el Senado concurrió hoy con las enmiendas sometidas por la Cámara de Representantes a varios proyectos senatoriales, entre estos el Proyecto 1052, que dispone las violaciones y penalidades para quienes violen Órdenes Ejecutivas en momentos de emergencia nacional o desastre.
La medida, que ahora pasa a la Fortaleza para la firma de la gobernadora, Wanda Vázquez Garced, dispone que toda persona que viole una Orden Ejecutiva será sancionada con una pena de reclusión que no excederá de seis meses o multa que no excederá $5 mil o ambas penas a discreción del tribunal.
Asimismo, se sancionará a quienes den un aviso inminente o una falsa alarma “a sabiendas que la información es falsa” o “difunda, transmita, traspase o circule” por cualquier medio de comunicación, incluyendo los de comunicación telemática, red social o cualquier otro medio, una falsa alarma, a sabiendas de que la misma es incorrecta. Esto, provocando como consecuencia poner en riesgo “inminente” a la vida, la salud, la integridad corporal o la seguridad de varias personas. También, que ponga en peligro la propiedad pública o privada.
En el caso de que el aviso o falsa alarma resulte en daños al erario, a terceros, a la propiedad pública o privada excediendo así los $10 mil o cuando la conducta resulte en lesiones o daños físicos a una persona, se incurrirá en delito grave con pena de reclusión por un término fijo de tres años.
También incurrirán en violaciones quienes no acaten las órdenes de desalojo emitidas por los Departamentos o Negociados, obstruyan medidas preventivas ordenadas por la gobernadora o las labores de desalojo, búsqueda, reconstrucción o evaluación e investigación de daños de agencias federales, estatales o municipales. Asimismo, con quienes persistan en realizar cualquier actividad que ponga en peligro su vida o la de otras personas, después de haber sido alertada o prevenida por las autoridades. De igual forma, con aquellos ciudadanos que incumplan, desacaten o desobedezcan un toque de queda mientras esté vigente el estado de emergencia o desastre.
“A pesar de las medidas promulgadas para preservar la salud, la vida y la seguridad de todos los puertorriqueños, mediante las Órdenes Ejecutivas emitidas para contener la propagación exponencial del COVID 19, algunos ciudadanos no acataron las directrices, poniendo en peligro su vida y la de los demás ciudadanos de manera negligente e irresponsable”, se establece en el proyecto.
En la pieza legislativa se destaca, además, la necesidad de prohibir que personas utilicen las redes sociales o medios de comunicación masiva “para diseminar información falsa, con la intención de crear confusión, pánico o histeria pública colectiva en nuestro pueblo mientras se encuentra vigente un estado de emergencia, desastre o toque de queda”.
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