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Al Senado legislación para liberar presos durante emergencias sanitarias

Por Jaane Coooper May 10, 2020
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El Proyecto del Senado 1584 es de la autoría del senador Héctor Martínez Maldonado, y los reos deberán cumplir con varios criterios para ser considerados.

La propuesta para liberar confinados durante pandemias o crisis de salud pública, una medida que se ha implementado en países como Inglaterra, Irlanda, Argentina, Colombia y Estados Unidos para evitar la propagación masiva de enfermedades, ya va de camino al Senado.

El senador por acumulación Héctor Martínez, propone facultar al Secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) para poner en libertad a aquellos miembros de la población correccional que cualifiquen cuando se haya declarado un estado de emergencia a raíz de una pandemia, una emergencia sanitaria o de salud pública a través del Proyecto del Senado 1584. ​

Martínez Maldonado ha liderado los esfuerzos para que por razones salubristas y humanitarias, los confinados no peligrosos puedan terminar de cumplir sus condenas fuera de las instituciones penales para así minimizar los riesgos de propagación del Covid-19. La pieza legislativa establece los criterios a tomar en consideración para dicha excarcelación, y dispone quienes no cualificarán para este proceso que busca proteger la salud pública e institucional. ​

Lea también: Abogan por la excarcelación de presos debido a la crisis del coronavirus

“El secretario del DCR, Eduardo Rivera Juanatey, nos ha confirmado varias áreas grises en las leyes habilitadoras que impiden que, en su ejercicio discrecional, pueda liberar confinados por una emergencia de salud. Este Senado va a actuar para proteger la vida de todos los ciudadanos, especialmente aquellos que, privados de su libertad, es el Estado el custodio de su salud y su seguridad”, indicó el senador novoprogresista en comunicación escrita.

Martínez Maldonado indicó que no cualificarán para este beneficio aquellos miembros de la población correccional que representen un peligro para la comunidad, que hayan tenido querella por actos de indisciplina en los últimos 12 meses o hayan sido convictos por delitos de agresión sexual. De igual modo, no podrá ser puesto en libertad aquel confinado que tenga pendiente un proceso de extradición para otro país, traslado para las autoridades federales, estado o territorio de Estados Unidos. ​

En el restante de los casos, siguió diciendo Martínez Maldonado, el Secretario podrá poner en libertad a los miembros de la población correccional que cumplan con al menos uno de los cinco siguientes criterios establecidos:

Esta medida de la autoría del senador Martínez Maldonado establece que el Secretario de Corrección podrá imponer el uso de supervisión electrónica o cualquier otra condición establecida en los programas de desvío, libertad a prueba o bajo palabra. A su vez, para salvaguardar el derecho de las víctimas del crimen, el Secretario vendrá obligado a notificarles de dicha excarcelación.

“Esta medida no se trata de propiciar la impunidad, sino un acto de humanidad y sensibilidad. El lunes le pediré al Presidente del Senado, que se apruebe.”, finalizó diciendo el senador Héctor Martínez. ​

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