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Legislatura

Senado aprueba medida que tipifica el acoso callejero como delito

Sin embargo, su fin es uno educativo, no punitivo.

La medida es de la autoría de los senadores del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) Ana Irma Rivera Lassén y el senador Rafael Bernabe.
Foto: Juan R. Costa-Rivera

La medida que tipifica el acoso callejero como delito - el Proyecto del Senado 326 - fue aprobado por el Senado, con 24 votos a favor, uno en contra y uno abstenido.

“El acoso callejero es una forma de violencia muy seria debido a lo normalizada que está en nuestra sociedad, afectando en su mayoría a niñas, adolescentes y mujeres, en todas sus diversidades. Atenta contra su integridad, su dignidad y libertad de movimiento. Va desde los piropos no deseados hasta la persecución, provocando incomodidad, miedo e inseguridad. Ante el alarmante número de casos de violencia de género, razón por la cual incluso hay un estado de emergencia decretado, era urgente la aprobación de esta medida”, expresó la autora de la medida, la senadora Ana Irma Rivera Lassén.

El acoso callejero incluye, pero no se limita a, comentarios sexuales, fotografías y grabaciones hechas sin consentimiento, contacto físico indebido, persecución o arrinconamiento, masturbación en público, exhibicionismo o gestos obscenos.

También incluye la práctica del ‘upskirting’ que implica tomar fotos en público, por debajo de la falda, comúnmente en el transporte público. El proyecto establece como agravantes el que la agresión sea realizada a menores de edad o en su presencia, a personas en estado de gestación, a personas lactantes o a personas de 60 años o más.

La pieza añade el artículo 135 A, tipificado como acoso callejero, al Código Penal. Dicho artículo establece que toda persona que incurra en actos o gestos obscenos verbalizados, de improperios o piropos de naturaleza sexual a una tercera persona, en espacios públicos o cuasi públicos, y que mediante este comportamiento provoque una situación que resultase intimidatoria, degradante, hostil o humillante para la víctima, será sancionada con la obligación de asistir a ocho horas a un Taller de Sensibilización contra el Acoso Callejero y multa de cincuenta $50 , o en la alternativa, ocho horas de labor comunitaria que sustituya la multa.

Las horas de labor comunitaria se llevarán a cabo en una organización, recomendada por la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, excluyendo de la lista a organizaciones o programas que trabajen, colaboren o atiendan sobrevivientes de violencia de género.

Los Talleres de Sensibilización serán impartidos por profesionales con peritaje en el tema de violencia de género, en colaboración y acuerdo con organizaciones o programas que trabajen, colaboren o atiendan sobrevivientes de violencia de género. Las multas recaudadas como parte de la pena se destinarán al fondo operacional designado a la Oficina de la Procuraduría de las Mujeres.

“Este proyecto lleva además otro mensaje: que debemos movernos hacia la justicia restaurativa. El proyecto no contempla pena de cárcel por la comisión del delito, sino que establece multas, trabajo comunitario o talleres de educación y sensibilización. No buscamos penalizar, sino educar parar evitar que este tipo de violencia se siga reproduciendo y promover espacios más seguros para todas las personas, especialmente las mujeres y cuerpos feminizados”, concluyó la portavoz de Movimiento Victoria Ciudadana.

La medida ahora pasa a la Cámara de Representantes.

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Periodista feminista enfocada en temas de política e interés social. Co creadora de la plataforma digital Política Accesible.