Encaminada la creación de un «Expediente Digital Único» para personas con diversidad funcional
La intención es evitar que cada una de las agencias manejen de forma independiente los expedientes de personas que reciben servicios.
Hay luz verde por parte de varias agencias gubernamentales en Puerto Rico para que se establezca la «Ley del Expediente Digital Único para Personas con Diversidad Funcional», con la intención de que se conglomere toda la información del paciente en un solo portal digital para así agilizar la prestación de servicios esenciales.
El Proyecto de la Cámara 387 es de la autoría de la delegación del Partido Nuevo Progresista (PNP) y es una medida administrativa de la gobernadora, Jenniffer González Colón.
Según explica la exposición de motivos, en Puerto Rico las personas con diversidad funcional enfrentan día a día múltiples obstáculos para acceder a los servicios esenciales que son provistos por las agencias gubernamentales. Como por ejemplo: con el Departamento de Educación (DE), el Departamento de Salud y la Administración de Rehabilitación Vocacional.
La razón es porque cada una de las agencias maneja de forma independiente los expedientes de cada persona que recibe los servicios.
Por tanto, la falta de integración entre los sistemas administrativos «ha generado problemas en la continuidad de los servicios, afectando negativamente el desarrollo educacional y vocacional de esta población», reza el proyecto de ley.
«Cada vez que una persona con diversidad funcional transiciona entre agencias –ya sea de salud a educación o de educación a rehabilitación vocacional– su expediente no se transfiere de manera automática ni estandarizada. Esto obliga a la persona o a sus tutores a recopilar nuevamente información médica, académica y vocacional, lo que puede derivar en la pérdida de documentos, retrasos en la prestación de servicios y lagunas en la planificación de su desarrollo», agrega la medida.
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El licenciado Eliezer Ramos Parés, secretario del DE, expresó por conducto de un memorial explicativo su aval a la medida, a pesar de que hizo hincapié de que Educación ya cuenta con una plataforma llamada: Mi Portal MIPE, en la que se registran y se mantienen datos de los estudiantes con diversidad funcional.
En esta plataforma se agrupan fatos demográficos, sus condiciones médicas y los servicios que recibe.
Ramos Parés apuntó a que la plataforma MIPE podría conectarse con la plataforma que desarrolle PRITS para estos fines.
Por su parte, el Departamento de Salud, indicó que «la creación de un expediente digital único es esencial para mejorar el acceso a servicios para personas con diversidad funcional pero, la adopción de esta legislación podría conllevar una mejora notable en la calidad de vida de las personas con diversidad funcional, al facilitar un acceso rápido y eficiente a los servicios que requiere. Esto abarca la eliminación de duplicidades y la optimización de la gestión documental».
Unos 96,472 estudiantes que están registrados bajo Educación Especial, se beneficiarían de este mecanismo digital.
Igual que el DE, el Departamento de Salud adelantó que para mayo 2025 contarán también con un portal para tener todos los datos de las familias participantes de servicios. Estarán incorporados en un nuevo sistema de información, conocido como Puerto Rico Early Intervention Data System (PREIDS).
La Administración de Rehabilitación Vocacional, por conducto su administradora, Rosa Lugo Cabán, avaló la intención porque ayudaría a eliminar «procesos burocráticos y redundantes».
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La Puerto Rico Innovation and Technology Service (PRITS), que estará encargada de crear el expediente digital, endosó el proyecto de ley porque ayudaría a «mejorar la calidad de vida de las personas con diversidad funcional, al facilitar un acceso más rápido y eficiente a los servicios que requieren».
De convertirse en ley, Salud, Educación y la Administración de Rehabilitación Vocacional estarán obligados a integrar la información de cada persona con diversidad funcional en el Expediente Digital Único.
PRITS se encargará de la digitalización, actualización y acceso seguro de los documentos y ninguna agencia podrá exigir a persona con diversidad funcional, ni a sus tutores legales, la prestación física de documentos almacenados en el expediente.
Cada agencia tendrá un plazo de 90 días a partir de la aprobación de esta ley para entregar la información necesaria para la creación del portal.
Luego, a partir de los 180 días después de ser ley, se deberá comenzar a regir el nuevo mandato.
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