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Familia ordena que parejas del mismo sexo sean elegibles para adopción

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La secretaria de la Familia, Idalia Colón Rondón, ordenó el lunes que todos los empleados de ese departamento garanticen un trato igualitario a los matrimonios entre parejas del mismo sexo, particularmente, en lo concerniente a la adopción de menores de edad.

En la primera orden administrativa del año fiscal 2016, la funcionaria establece que los trabajadores sociales y técnicos de servicios a la familia tendrán la responsabilidad de realizar su trabajo de manera imparcial y sin prejuicios durante los programas de protección de menores, de cuidado sustituto y adopción. ‘Van a ser considerados los matrimonios de parejas del mismo sexo para efectos de orientación y elegibilidad de adopción’, mencionó la Secretaria, en entrevista con este diario. ‘Lo que debe prevalecer es el mejor bienestar del menor, así que no debe haber ningún discrimen’, agregó.

El mejor bienestar del menor está definido en el Reglamento 8597 de la agencia, ‘para regir los procesos del panel de selección de candidatos para adopción’. ‘No es a discreción del trabajador o trabajadora social… Sin importar cuál sea su opinión, tiene que hacer su trabajo como profesional y asegurarse que su intervención no sea contraria a los cánones de ética’, recalcó Colón Rondón.

Durante la evaluación de candidatos, siempre se realiza un estudio social, que incluye visitas al hogar y entrevistas a los vecinos, además de que se toma en consideración la preferencia del menor. ‘Siempre que un niño o niña tenga oportunidad de expresarse se le van a traer quiénes son los posibles candidatos, pero pienso que muchas veces somos nosotros los adultos quienes hacemos esos juicios valorativos. Nuestros niños y niñas están esperando por una familia que los protejan, que los quieran, que les den la seguridad que necesitan y los amen. Los menores no discriminan, discriminamos nosotros los adultos’, recalcó la Secretaria.

Actualmente, hay 630 menores con plan de adopción, de los cuales 147 fueron liberados de su patria potestad al mes de abril de 2015.

La Ley de Adopción de Menores permite que personas solteras, sin importar su orientación sexual, pudieran adoptar, pero no así que dos mujeres se inscribieran como madres o que dos hombres hicieran lo respectivo como padres. De hecho, el Tribunal Supremo de Puerto Rico había fallado tres veces en contra de laadopción de parejas del mismo sexo, en el caso de lasicólogaÁngelesAcostaRodríguez, madre no biológica de una joven que su pareja había concebido por fertilización in vitro.

‘Cualquier pareja que haya estado esperado por esta determinación, puede solicitar la adopción, ya sea de un niño o niña que ya tenían. Cualquier persona que se presente en nuestra oficina mañana con certificado de matrimonio, será válido igual que cualquier otro matrimonio’, enfatizó Colón Rondón.

Otro de los factores a tomar en consideración durante la selección de candidatos son: la edad, salud física y mental del menor, el parentesco o cercanía de los candidatos, la viabilidad de satisfacer necesidades de desarrollo, afectivas, morales y económicas, la ubicación geográfica, la estabilidad emocional de todas las partes, así como la integración de ese niño o niña con los otros familiares (hermanos o abuelos) en el hogar.

La directriz aplicará de manera inmediata, e incluye a todo el personal que procese solicitudes de servicios en el Secretariado; la Administración para elCuido y Desarrollo Integral de la Niñez (Acuden), que administra los head start y centros de cuido; laAdministración para elDesarrollo Socioeconómico de las Familias (Adsef), que administra el subsidio del PAN y otras ayudas; y la Administración para el Sustento de Menores (Asume), que vela por el cumplimiento con las pensiones alimentarias, en el caso de matrimonios separados o divorciados.

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