Los matrimonios entre personas del mismo sexo siguen siendo válidos en Puerto Rico, pese a una orden emitida ayer por el juez federal Juan Perez Gimenez en la que se establece la invalidez de estas uniones en la Isla, aclaró hoy, miercoles, el secretario del Departamento de Justicia (DJ), Cesar Miranda.
‘La orden de la Corte Federal para el Distrito de San Juan no altera la validez de los matrimonios contraídos en Puerto Rico entre parejas del mismo sexo y tampoco impide darle reconocimiento a aquellos matrimonios contraídos en otras jurisdicciones. La interpretación del DJ es que la decisión no altera el estado de derecho que se estableció en Puerto Rico cuando el Tribunal Supremo Federal decidió el caso de Obergefell v. Hodges en el que se reconoció, como asunto de derecho constitucional federal, que el derecho al matrimonio es un derecho fundamental y que por lo tanto, no se le puede negar ese derecho constitucional a las parejas del mismo sexo’, explicó Miranda.
La decisión del Tribunal de Distrito en torno al caso Conde v. ELA tampoco altera el mandato emitido por el Primer Circuito en este caso toda vez que el 8 de julio de 2015, el Primer Circuito determinó que está de acuerdo en que el Artículo 68 del Código Civil es inconstitucional y por ello, devolvió el caso para que la Corte de Distrito dictase sentencia final.
‘El Distrito actuó sin autoridad al negarse a dictar sentencia final conforme a la decisión del Primer Circuito. Por tanto, este dictamen no le impide al Ejecutivo mantener su posición de que el Artículo 68 del Código Civil es inconstitucional y que no se habrá de aplicar el mismo en Puerto Rico. En cuanto al litigio, estamos evaluando el curso a seguir pero la directriz es que el Departamento de Salud puede continuar emitiendo las licencias de matrimonio’, detalló.
La orden mantiene el caso activo al declinar dictar sentencia final.
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