Santo Domingo – El presidente dominicano, Danilo Medina, vetó hoy el nuevo Código Penal aprobado la semana pasada en el Congreso Nacional (bicameral), para expresar así su rechazo a que el aborto sea criminalizado en todas sus manifestaciones, tal y como reza el texto aprobado por los legisladores.
El gobernante, quien hizo lo propio en 2014 en torno al mismo tema, sugirió que el Congreso dominicano se aboque a reconsiderar el tema del aborto y apruebe que este se produzca en determinadas circunstancias.
Esas variables enunciadas por el mandatario se refieren a que la madre pueda abortar cuando el embarazado sea producto de violación, rapto, estupro o incesto, siempre que su interrupción se realice dentro de las primeras 12 semanas de gestación, siempre y cuando el hecho haya sido denunciado o se compruebe que la víctima fue imposibilitada de hacerlo.
También, cuando una malformación congénita del feto, previa certificación médica, demuestre que la vida del concebido se considere inviable; además, cuando se agoten todos los medios ‘científicos y técnicos’ disponibles para salvar ambas vidas, ‘hasta donde sea posible’.
Medina, asimismo, sugirió a los congresistas reducir de 3 a 2 los años de prisión para quienes practiquen o cooperen con un aborto, incluyendo a la mujer embarazada, siempre y cuando no existan las causales que el propio gobernante dio a conocer.
La decisión del presidente se produce un día después de que centenares de personas, en su mayoría mujeres, se manifestaran en Santo Domingo exigiendo que Medina vetara el Código Penal, particularmente por el tema del aborto.
Los manifestaron aseguraron que la República Dominicana exhibe ‘vergonzosamente’ una de las más altas tasas de mortalidad materna, asociada, ‘en importante medida’, a la práctica de abortos clandestinos realizados en condiciones inseguras, que afectan de forma especial a mujeres de escasos recursos y provenientes de sectores vulnerables.
La concentración, convocada por la Coalición por los Derechos y la Vida de las Mujeres, aseguró que la mujer tiene derecho a interrumpir el embarazo cuando este haya sido causado contra su voluntad, si está en peligro su vida o si el feto tiene una enfermedad congénita incompatible con la vida.
La penalización del aborto en todas sus manifestaciones está contenido en el nuevo Código Penal dominicano aprobado por el Senado dominicano la semana pasada, luego de que el texto fuera sancionado en la Cámara de Diputados.
Los senadores alegaron que la Constitución dominicana establece la protección de la vida desde la concepción hasta la muerte, así como al hecho de que es ‘inconcebible’ causar el aborto cuando este haya sido causa de violación sexual o incesto, al considerar que para el agresor no existiría la misma pena, porque en el país no existe la pena de muerte.
En 2014 se aprobó un texto similar, pero el presidente Medina observó la pieza con el propósito de que se estableciera en cuáles situaciones era adecuado causar el aborto.
Sin embargo, los legisladores volvieron a penalizarlo luego de intensas presiones de las religiones Católica y Protestante, principalmente.
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