La ley establece que, quienes operen máquinas de juegos de azar en ruta de manera ilegal se exponen a la ocupación de las mismas y a multas de $5 mil por unidad.
En el operativo participaron el Departamento de la Vivienda, la Policía de Puerto Rico y otros componentes junto con la Comisión de Juegos. (Foto suministrada)
Las autoridades ocuparon en la noche del viernes 37 máquinas de juegos de azar en dos negocios en San Juan.
“La Comisión de Juegos está obligada a hacer cumplir la ley. Hay operadores de máquina, cumpliendo cabalmente, pagando licencias y aportando al fisco por mantener su negocio de manera legal. Para estos, y para todos los ciudadanos que día día cumplen con la ley y tienen que pagar contribuciones, resulta injusto que unos pocos pretendan mantener negocios con ventajas contributivas, producto de evadir el cumplimiento de la ley”, dijo el director de la Comisión de Juegos, Juan Carlos Santaella en declaraciones escritas.
En el negocio Seven, se ocuparon nueve máquinas con un total de $57.00 en efectivo dentro de las máquinas. Mientras, en un segundo negocio ubicado en el residencial Llorens Torres, se ocuparon 19 máquinas y $2,336.00 en efectivo encontrados en el interior de las máquinas.
Ambos negocios se enfrentan a posibles multas por parte del Negociado de Máquinas en Ruta, adscrito a la Comisión de Juegos. Las multas para el Seven podrían ascender a $45 mil y para el negocio que ubica en Llorens Torres podrían alcanzar los $95 mil.
La ley establece que, quienes operen máquinas de juegos de azar en ruta de manera ilegal se exponen a la ocupación de las mismas y a multas de $5 mil por unidad.
Previo al inicio de la puesta en vigor de la ley y los reglamentos, la Comisión de Juegos llevó a cabo un proceso de orientación a los operadores de máquinas a través de todo Puerto Rico para darles la oportunidad de legalizar sus negocios.
Actualmente, hay sobre 20 mil máquinas de juegos de azar en ruta que operan en cumplimiento con la ley.
Por otro lado, la ley establece un tope de 25 mil máquinas y un máximo de 15 unidades por establecimiento.
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