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Opiniones

¿Puede la tecnología Blockchain sustituir la función del Notario Público en el futuro?

Columna sobre Tecnología y Gobierno de Brian Díaz, presidente y fundador de Pacífico.

La revolución digital y tecnológica ha impactado, prácticamente, todas las áreas de nuestras vidas. La pandemia ha obligado a todos los gobiernos, instituciones y corporaciones a integrar estrategias digitales en busca de proveer servicios más eficientes. Ciertamente, uno de los temas que más ha dado de que hablar en años recientes es cómo la tecnología “blockchain” está siendo integrada con más frecuencia en organizaciones públicas.

Cada vez más, sistemas a base de la tecnología “blockchain” están siendo utilizados para funciones delegadas históricamente al notario público. Entiéndase, las virtudes de garantizar la fe pública, las formalidades jurídicas y la veracidad de lo que representa determinado documento o negocio jurídico. Esto, suscrito bajo el elemento de “presencialidad física” del notario como herramienta para garantizar lo anterior.

Un notario público es un funcionario autorizado por el gobierno estatal que tiene la capacidad de redactar escrituras públicas de acuerdo con la voluntad de los otorgantes y puede adaptarlas a las formalidades jurídicas necesarias para su eficacia. Esto podría incluir contratos, escrituras públicas, declaraciones juradas, entre otros. El papel de notario requiere que un funcionario sea un observador imparcial en diferentes afirmaciones.

Las responsabilidades de un notario podrían alcanzar desde una simple firma de un registro de venta de propiedades hasta otras obras y documentos importantes. Su función, según dispone la ley, es la de recibir e interpretar la voluntad de las partes, darle forma legal, redactar las escrituras y documentos notariales y conferirle autoridad a los mismos. La fe pública al notario es plena respecto a los hechos que personalmente ejecute o compruebe y también respecto a la forma, lugar, día y hora del otorgamiento.

La Ley Notarial de Puerto Rico exige presencia física de un notario para dar fe de la información en cuestión. La Ley define el notario como un profesional del Derecho que ejerce “una función pública, autorizado para dar fe y autenticidad conforme a las leyes, de los negocios jurídicos y demás actos y hechos extrajudiciales que ante él se realicen”.

El sistema notarial de Puerto Rico esta suscrito en que es, precisamente, ese elemento de “presencia física” el que válida la fe pública del notario y la veracidad de los elementos del negocio jurídico que dispone la ley. Ahora bien, ¿será ese el único mecanismo viable y disponible para garantizar fe pública del notario y la veracidad de documento en cuestión? ¿Podría la tecnología “Blockchain”, por ejemplo, sustituir funciones del Notario Público en el futuro?

A principios de año, el Estado de Texas formó el grupo llamado “Texas Blockchain Council” con la función de evaluar y estudiar las alternativas de integración del “blockchain” en los servicios gubernamentales. Con esto en mente, uno de los primeros esfuerzos del Consejo está dirigido a utilizar la tecnología “blockchain” para verificar y asegurar los registros de documentos públicos, incluyendo servicios de notaría pública. En esencia, su intención es crear una especie de “notario digital” con la función de validar registros oficiales, incluyendo documentos de identidad y credenciales, entre otros.

Este sistema de “notaría digital” de Texas no busca substituir completamente la función del notario público (al menos por el momento), sino que concentrará su primera fase en lo siguiente: 1) Prueba de existencia de las partes, 2) Prueba de pertenencia, ID de transacción, firmas y cualquier forma de identificación en la base de datos, y 3) Transferencia de propiedad y tracto sucesivo (en casos del Registro de la Propiedad).

Por su naturaleza, la tecnología “blockchain” pudiere servir para agilizar servicios del relacionados con el notario público, particularmente, ese elemento exigido por ley de que tiene que ser en su presencia física para garantizar la fe pública. Ciertamente, el estado tiene un interés apremiante de mantener la veracidad y fe pública de la información al notarizar. Sin embargo, estas exigencias de ley están suscritas en contextos históricos en donde no existían tales alternativas tecnológicas.

Los adelantos en la tecnología, particularmente la tecnología “blolckchain”, permite que se provea lo que el estado busca con la presencia del notario. Los contratos inteligentes y digitales, implementados a través de esta tecnología, son herramientas poderosas que podrían ser útiles para garantizar el interés del estado. Ya varias jurisdicciones han reconocido plataformas dirigidas a crear un “sistema de notaría digital”. En Puerto Rico aún domina la incertidumbre y la desconfianza hacia un cambio como este. No obstante, considerando sus beneficios, es algo que ya se debería ir estudiando.