La Constitución y la residencia bona fide del Secretario de Estado
La Gobernadora hizo una gran selección política al designar a Arthur Garffer, pues este fue evaluado ya por el Senado.
En Puerto Rico, y en el ámbito político, los temas jurídicos muchas veces pasan a segundo plano en el “tira y jala” de los partidos políticos.
La Gobernadora Jenniffer González Colón anunció al General del Ejército, Arthur Garffer, como su designado a la secretaría del Departamento de Estado. El Secretario de Estado en un territorio colonial como Puerto Rico no tiene la prominencia pública de otras jurisdicciones. No obstante, a este funcionario le toca sustituir al Gobernador (a) en caso de su muerte, renuncia, destitución o incapacidad (Art. IV, Sec. 7). Esta gestión tomó prominencia luego de la renuncia de gobernador Ricardo Rosselló en el 2019.
Garffer ha sido militar y miembro del Ejército por años con designaciones a diversas partes del mundo. Su carrera militar lo ha llevado a ser nombrado como General y fue confirmado por el Congreso de forma unánime. Garffer ya fue evaluado por el Senado de Puerto Rico para el cargo de Secretario de Seguridad Pública y recibió el endoso de todos los senadores salvo los dos del PIP.
Ante las controversias en el PNP por algunos nombramientos, el PPD conoce que estas “diferencias” no ayudan al PNP. Siendo así, la Gobernadora hizo una gran selección política al designar a Garffer, pues este fue evaluado ya por el Senado y los miembros del PNP y el PPD le votaron a favor (y la senadora de Proyecto Dignidad).
No había pasado un día del nombramiento, y el portavoz del PPD en el Senado, Luis Javier Hernández, ya buscaba una excusa para descartar a Garffer a quien había avalado para el puesto más importante en materia de seguridad (DSP). El también abogado, sin mucho análisis jurídico, concluyó que Garffer no tenía los cinco años de residencia requeridos para el puesto. Esto pretender ser una excusa del senador del PPD para votar en contra a quien ya le había votado a favor.
La Sec. 5 del Art. IV de la Constitución establece que el Secretario de Estado deberá cumplir con los requisitos dispuestos en la Sec. 3 (que son los requisitos para ser Gobernador). La Sec. 3, entre otros, requiere que el Gobernador sea durante cinco años “residente bona fide de Puerto Rico”. Entonces, debemos examinar como estos cinco años se afectan por las designaciones militares de Garffer, quien ha estado en diversas partes del mundo trabajando para el Ejército de Estados Unidos.
Para esto, hay que examinar el concepto “residente bona fide”. El Diario de Sesiones de la Convención Constituyente nos arroja luz sobre dicho término. El Diario recoge las discusiones de nuestros delegados que hicieron, antes de aprobar la Constitución, para darle contexto a lo que querían disponer en nuestra Carta Magna.
El delegado Fernández Méndez (exsenador del PPD), cuando se discutió este requisito, manifestó que el término “residente bona fide” podía crear confusión. Si uno examina la discusión de estos delegados, incluyendo a Román Benítez y a Arrillaga (otros dos miembros del PPD), puede notar que el concepto residencia bona fide se refiere a domicilio y que, específicamente, permite a los militares cumplir aunque no estuvieran en Puerto Rico por razón de su trabajo militar.
Específicamente, el delegado Arrillaga afirmó que la interpretación dada a “las palabras residente bona fide de Puerto Rico, queriendo decir que tiene su domicilio en Puerto Rico, aunque tenga su residencia temporal fuera de Puerto Rico, como en el caso, por ejemplo, del Comisionado Residente… y lo habrán de conservar todos los funcionarios públicos en servicio del estado, aunque estén fuera de Puerto Rico”. De hecho, Román Benítez resaltó que lo dispuesto “cubre a los ciudadanos que puedan estar prestando servicios militares en el exterior… En el Ejército’”.
No debemos olvidar que ya el Capitán Elmer Román fue confirmado a Secretario de Estado en el año 2020 con el voto de muchos senadores que se encuentran activos en el Senado actualmente. Esta confirmación contó con el voto de todos los miembros del PNP y el PPD (salvo Cirilo Tirado). El Capitán Román también se mantenía activo antes de ese nombramiento en el Gobierno Federal y eso no fue óbice para confirmarlo entonces. Tampoco debe ser ahora.
El planteamiento del PPD contra Garffer parecería avalar que se le quiten derechos a una persona por el solo hecho de servir como militar en el Ejército de los Estados Unidos. El que quiera votar en contra a Garffer, que lo haga, pero con planteamientos honestos y estudiados.